Autoridades y personal. . (2023/234-33)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Ayudante Doctor, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Jueves, 7 de diciembre de 2023

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1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de
duración determinada, las plazas de Profesorado Ayudante Doctor que se indican en el
Anexo I, con las características que igualmente se señalan en el mencionado anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por
lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
(BOE de 23 de marzo), en relación con la disposición transitoria décimo primera de la
referida ley orgánica; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985,
de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del
Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación
de Profesorado de la Universidad de Cádiz; y el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de
octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, en lo
no previsto por la mencionada Ley Orgánica del Sistema Universitario, con exclusión del
régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte
y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de
aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
1.3. El procedimiento de selección será el de concurso público, consistente en una
primera autobaremación según el modelo aportado como Anexo II por parte de las
personas aspirantes, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los
mismos por parte del correspondiente Departamento, para una última baremación de
carácter definitivo de la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el
que se acompaña en estas bases como Anexo II.
Los criterios de valoración del grado de afinidad, aprobados por la Comisión de
Contratación del Profesorado, remitidos por los Departamentos al Área de Personal, tras
su aprobación por sus respectivos Consejos de Departamento, serán los aplicables para
baremar a los aspirantes. Los mismos se publicarán en la web del Área de Personal el día
de la publicación de la presente convocatoria en el siguiente enlace:
https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/.
La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10%
de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del
departamento y previamente a la baremación de las solicitudes.
La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados
documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar
parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia
del aspirante seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto,
siempre que el departamento así lo estime mediante informe motivado favorable,
la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una
relación de aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte
de la mencionada lista, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.º 1. d) del
Reglamento de Contratación de Profesorado.
1.5. Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán respetar los horarios
establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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BASES DE CONVOCATORIA