3. Otras disposiciones. . (2023/234-38)
Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se modifican escuelas infantiles de segundo ciclo, colegios de educación primaria, colegios de educación infantil y primaria y centros públicos específicos de educación especial, así como colegios públicos rurales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Jueves, 7 de diciembre de 2023

página 18614/2

Segundo. Procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario
de carrera con destino definitivo.
Al personal funcionario de carrera con destino definitivo que, en su caso, pudiera
resultar afectado como consecuencia de la planificación educativa o de las necesidades
vinculadas a modificaciones del sistema educativo le será de aplicación lo establecido en
la Orden de la Consejería de Educación, de 11 de abril de 2011, por la que se regulan los
procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera
de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Tercero. Anotaciones en el Registro de Centros Docentes.
Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes,
según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el
Registro de Centros Docentes, mediante las correspondientes anotaciones.
Cuarto. Efectos.
Lo establecido en la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos a partir
del curso escolar 2023/24.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en
los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de noviembre de 2023
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ

00293685

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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