Autoridades y personal. . (2023/233-30)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, conjunta de la Universidad de Málaga y de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plaza de Profesor/a Permanente Laboral con vinculación clínica al Sistema Sanitario Público de Andalucía.
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Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023
página 18538/2
de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias; el Acuerdo de 3 de
octubre de 1995, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se autoriza
la suscripción de un Convenio Marco entre las Consejerías de Educación y Ciencia y
Salud y las Universidades andaluzas para la utilización de las Instituciones Sanitarias
en la Investigación y la Docencia (modificado por los Acuerdos de incorporación de
Adenda de 23.2.99, de 28.11.00, de 4.3.08 y de 17.3.15); el Concierto Específico entre
la Junta de Andalucía y la Universidad de Málaga, de 14 de julio de 2000; el Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía (BOJA de 9.5.8); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades
del Personal al Servicio de la Administración del Estado y demás normas de desarrollo
en materia de incompatibilidades; el Reglamento que regula la contratación mediante
concurso público del Personal Docente e Investigador en la Universidad de Málaga,
aprobado en Consejo de Gobierno en su sesión del 19 de julio de 2006, modificado en
sesiones del 27 de octubre de 2014, 27 de febrero de 2015, 25 de julio de 2017, 7 de
febrero de 2018 y 21 de diciembre de 2020, y el Baremo para la contratación laboral
de Profesores Contratados Doctores de la UMA, aprobado por Consejo de Gobierno en
sesión del 5 de mayo de 2004, modificado en sesión del 5 de abril de 2006; la Resolución
de 9 de marzo de 2023 por la que se exime a los concursantes a las plazas de profesorado
ayudante doctor y contratado doctor, y a las bolsas de profesorado sustituto interino de
la presentación de la homologación de los títulos extranjeros de licenciatura, grado y/o
doctorado, en determinadas circunstancias; el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Universidad de Málaga, de 9 de julio de 2018, por el que se regula la implantación y
utilización de medios electrónicos en los procedimientos administrativos correspondientes
a servicios prestados por dicha Universidad, publicado en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía núm. 150 de 3 de agosto de 2018, modificado en Consejo de Gobierno
de 19 de octubre de 2018. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se
regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
demás legislación general que le sea de aplicación, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1.2. La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario
público. El régimen de prestación de servicios asistenciales se atendrá al que tenga
asignado en cada momento el servicio al que se encuentre adscrito, pudiendo ser éste,
para todas las plazas convocadas, indistintamente de mañana o de tarde.
1.3. El personal que resulte seleccionado en virtud de la presente convocatoria le
podrá ser asignada la prestación de sus servicios en cualquiera de los centros sanitarios
del área hospitalaria a la que se adscribe la plaza, quedando vinculada orgánicamente
al servicio jerarquizado correspondiente y, funcionalmente, al área asistencial en que se
encuentre incardinado el servicio.
1.4. La vinculación de las plazas con el Servicio Andaluz de Salud será en las
categorías de Facultativo/a Especialista de Área o de Enfermero/a. No obstante, en el
supuesto de que, en el momento de la firma del contrato, el concursante propuesto se
encontrase en activo y ocupando el cargo de Jefe del Servicio o Sección, obtenido por
concurso-oposición en el mismo Centro hospitalario, se mantendrá en el mismo.
Para los que ocupen el cargo de Jefe del Servicio o Sección con posterioridad a
la Orden de 5 de febrero de 1985, les será de aplicación, para su mantenimiento, la
normativa reguladora del sistema de promoción de tales cargos vigente en el momento
de obtención de la plaza vinculada.
Todas las referencias hechas en estas bases de convocatoria, en la LOU, la LAU,
el Convenio Colectivo del PDI laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y la
normativa reguladora de la UMA a la figura del Profesor/a Contratado/a Doctor/a han de
entenderse a su figura equivalente de Profesor/a Permanente Laboral creada por la LOSU.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00293609
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 18538/2
de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias; el Acuerdo de 3 de
octubre de 1995, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se autoriza
la suscripción de un Convenio Marco entre las Consejerías de Educación y Ciencia y
Salud y las Universidades andaluzas para la utilización de las Instituciones Sanitarias
en la Investigación y la Docencia (modificado por los Acuerdos de incorporación de
Adenda de 23.2.99, de 28.11.00, de 4.3.08 y de 17.3.15); el Concierto Específico entre
la Junta de Andalucía y la Universidad de Málaga, de 14 de julio de 2000; el Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía (BOJA de 9.5.8); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades
del Personal al Servicio de la Administración del Estado y demás normas de desarrollo
en materia de incompatibilidades; el Reglamento que regula la contratación mediante
concurso público del Personal Docente e Investigador en la Universidad de Málaga,
aprobado en Consejo de Gobierno en su sesión del 19 de julio de 2006, modificado en
sesiones del 27 de octubre de 2014, 27 de febrero de 2015, 25 de julio de 2017, 7 de
febrero de 2018 y 21 de diciembre de 2020, y el Baremo para la contratación laboral
de Profesores Contratados Doctores de la UMA, aprobado por Consejo de Gobierno en
sesión del 5 de mayo de 2004, modificado en sesión del 5 de abril de 2006; la Resolución
de 9 de marzo de 2023 por la que se exime a los concursantes a las plazas de profesorado
ayudante doctor y contratado doctor, y a las bolsas de profesorado sustituto interino de
la presentación de la homologación de los títulos extranjeros de licenciatura, grado y/o
doctorado, en determinadas circunstancias; el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Universidad de Málaga, de 9 de julio de 2018, por el que se regula la implantación y
utilización de medios electrónicos en los procedimientos administrativos correspondientes
a servicios prestados por dicha Universidad, publicado en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía núm. 150 de 3 de agosto de 2018, modificado en Consejo de Gobierno
de 19 de octubre de 2018. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se
regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
demás legislación general que le sea de aplicación, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1.2. La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario
público. El régimen de prestación de servicios asistenciales se atendrá al que tenga
asignado en cada momento el servicio al que se encuentre adscrito, pudiendo ser éste,
para todas las plazas convocadas, indistintamente de mañana o de tarde.
1.3. El personal que resulte seleccionado en virtud de la presente convocatoria le
podrá ser asignada la prestación de sus servicios en cualquiera de los centros sanitarios
del área hospitalaria a la que se adscribe la plaza, quedando vinculada orgánicamente
al servicio jerarquizado correspondiente y, funcionalmente, al área asistencial en que se
encuentre incardinado el servicio.
1.4. La vinculación de las plazas con el Servicio Andaluz de Salud será en las
categorías de Facultativo/a Especialista de Área o de Enfermero/a. No obstante, en el
supuesto de que, en el momento de la firma del contrato, el concursante propuesto se
encontrase en activo y ocupando el cargo de Jefe del Servicio o Sección, obtenido por
concurso-oposición en el mismo Centro hospitalario, se mantendrá en el mismo.
Para los que ocupen el cargo de Jefe del Servicio o Sección con posterioridad a
la Orden de 5 de febrero de 1985, les será de aplicación, para su mantenimiento, la
normativa reguladora del sistema de promoción de tales cargos vigente en el momento
de obtención de la plaza vinculada.
Todas las referencias hechas en estas bases de convocatoria, en la LOU, la LAU,
el Convenio Colectivo del PDI laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y la
normativa reguladora de la UMA a la figura del Profesor/a Contratado/a Doctor/a han de
entenderse a su figura equivalente de Profesor/a Permanente Laboral creada por la LOSU.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00293609
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía