3. Otras disposiciones. . (2023/233-34)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada Cortijo Nuevo en el término municipal de Málaga (PP. 8001/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023
página 40024/5
◦ 4 posiciones de línea.
◦ 1 posición de servicios auxiliares.
◦ 1 posición de medida.
- Parque de Transformación.
• 1 transformador 66/30 kV 25 MVA con regulación en carga.
- Sistema integrado de Control y Protecciones.
- Sistema de medida.
- Servicios auxiliares.
• Transformador 100 kVA 30/0,4 kV.
• Armario rectificador-batería 125 V.
Términos municipales afectados: Málaga.
Referencia: CG-915.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse, y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292325
Segundo. Esta autorización administrativa previa se otorga de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, e incorpora las determinaciones y condiciones establecidas en la autorización
ambiental unificada concedida mediante el informe de fecha 11.4.2023. La autorización
se otorga condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes
requisitos:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
articulo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma
y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales
supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
3. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de
la instalación deberá cumplir los condicionados expuestos en el informe vinculante
favorable de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul en Málaga, relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada promovida por
Planta Fotovoltaica Cortijo Nuevo, S.L., para el proyecto de la planta solar fotovoltaica
denominada «Cortijo Nuevo», en el término municipal de Málaga (AAU/MA/34/21), de
fecha 11.4.2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la página web de la
Consejería competente en materia de medio ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
4. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será
condición suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las
condiciones y requisitos establecidos en la misma.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023
página 40024/5
◦ 4 posiciones de línea.
◦ 1 posición de servicios auxiliares.
◦ 1 posición de medida.
- Parque de Transformación.
• 1 transformador 66/30 kV 25 MVA con regulación en carga.
- Sistema integrado de Control y Protecciones.
- Sistema de medida.
- Servicios auxiliares.
• Transformador 100 kVA 30/0,4 kV.
• Armario rectificador-batería 125 V.
Términos municipales afectados: Málaga.
Referencia: CG-915.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse, y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292325
Segundo. Esta autorización administrativa previa se otorga de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, e incorpora las determinaciones y condiciones establecidas en la autorización
ambiental unificada concedida mediante el informe de fecha 11.4.2023. La autorización
se otorga condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes
requisitos:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
articulo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma
y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales
supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
3. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de
la instalación deberá cumplir los condicionados expuestos en el informe vinculante
favorable de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul en Málaga, relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada promovida por
Planta Fotovoltaica Cortijo Nuevo, S.L., para el proyecto de la planta solar fotovoltaica
denominada «Cortijo Nuevo», en el término municipal de Málaga (AAU/MA/34/21), de
fecha 11.4.2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la página web de la
Consejería competente en materia de medio ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
4. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será
condición suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las
condiciones y requisitos establecidos en la misma.