Disposiciones generales. . (2023/232-3)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se amplía el crédito de la Resolución de 29 de julio de 2023, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

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Finalizado el plazo de solicitudes, un total de 224 solicitudes han resultado
beneficiarias suplentes en todas las provincias, lo cual ha superado con creces las
expectativas iniciales, teniendo en cuenta las dos convocatorias anteriores de 2021 y
2022, haciendo insuficiente la estimación de crédito inicial de la convocatoria (94 millones
de euros). El importe total asociado a estas entidades beneficiarias suplentes, tanto
públicas como privadas sin ánimo de lucro, asciende a 91.956.238,45 millones de euros
(82.830.504,51 € de entidades públicas y 9.125.733,94 € de entidades sin ánimo de lucro).
Considerando que la finalidad de esta línea de subvención es contribuir al impulso
de una formación que responda a las necesidades del mercado laboral, en ocupaciones
de utilidad pública o de interés general y social, mediante un proceso mixto, de empleo y
formación, que permita a la persona trabajadora compatibilizar el aprendizaje formal con
la práctica profesional en el puesto de trabajo, aumentando, de esta manera, el número
de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias para acceder al empleo, el
trabajo decente y el emprendimiento, y reduciendo la proporción de jóvenes que no están
empleados y no cursan estudios ni reciben capacitación, mejorando sus posibilidades de
inserción laboral a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional,
se estima conveniente proceder a establecer la dotación presupuestaria correspondiente
para dar cobertura al máximo numero de entidades beneficiarias suplentes a fin de
permitir incentivar el mayor número posible de contrataciones.
El artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, preceptúa que la convocatoria podrá también prever que
eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución
complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun
cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.
En este sentido, como ya se ha señalado, se pronuncia la letra i) del resuelve cuarto de
la convocatoria.
El artículo 9.3 de la citada Orden de 6 de abril de 2018 dispone que: «Toda
modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria,
así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los distintos ámbitos
territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios presupuestarios, y
la que derive de la utilización de la dotación adicional prevista en el apartado 2, requerirá
la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto».
Asimismo, el artículo 9.4 de la misma orden establece que el órgano concedente
deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos
presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique
la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de
plazo para resolver.
Teniendo en cuenta lo anteriormente señalado se realiza una ampliación de crédito
por el valor máximo estimado de 84.788.798,39 millones de euros.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la
disposición adicional primera de la Orden de 13 de septiembre de 2021, esta Dirección
General

Primero. Ampliar el crédito establecido en los resuelves primero y cuarto de la
Resolución de 29 de julio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden
de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación
en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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