Autoridades y personal. . (2023/231-12)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Diputación de Jaén mediante el sistema de libre designación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

página 18357/3

extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado prorrogándose hasta el primer
día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.
En la solicitud se expresará que la/el aspirante reúne todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la convocatoria y que no incurre en ninguna de las causas que
impiden la participación en la misma. A la solicitud se acompañará una relación de
méritos profesionales y académicos, en la que conste la experiencia profesional, puestos
de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, años de servicio en puestos
de la Subescala de Intervención-Tesorería, títulos académicos que se poseen, cursos
de formación recibidos y/o impartidos, actividad docente, publicaciones, así como
cualquier otro méritos que se estime oportuno poner de manifiesto. Los méritos alegados
se acreditarán mediante copias de los mismos que se justifiquen adecuadamente, sin
perjuicio de que los originales puedan ser requeridos, en su caso, para su cotejo antes de
la toma de posesión del puesto adjudicado.
Cuarta. Resolución de la convocatoria.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente procederá,
en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la
convocatoria, a dictar resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al
Pleno de la Corporación y traslado de la misma a la Secretaría General de Administración
Local de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública Local de la
Junta de Andalucía, así como a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública para la correspondiente anotación y publicación en
el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento,
por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso deberá
quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la
observancia del procedimiento debido.
Quinta. Plazo posesorio.
El plazo de toma de posesión del candidato designado será el que se establece en el
artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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Sexta. Regulación supletoria e impugnaciones.
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar en
la provisión del puesto a que se refieren estas bases, comporta la aceptación íntegra de
las mismas.
Las bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y
de las actuaciones que se lleven a cabo, podrán ser impugnados por los interesados en
los casos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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