Disposiciones generales. . (2023/231-3)
Orden de 21 de noviembre de 2023, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

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ANEXO I

7. CRITERIOS DE AUTOBAREMACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
DESCRIPCIÓN DE LOS CRITERIOS
Asociaciones de segundo grado que agrupen asociaciones de criadores de animales de razas puras en
peligro de extinción.
Asociaciones de criadores que gestionen razas autóctonas en peligro de extinción.
Capacidad de la organización o asociación de criadores para desarrollar las actuaciones a financiar,
especialmente las actividades relacionadas con el programa de mejora, con la mayor eficacia, eficiencia
y economía de medios personales y materiales, teniendo en cuenta los censos y explotaciones.
Asociaciones que cuenten con más del 80 % de las explotaciones ubicadas en zonas desfavorecidas con
arreglo al artículo 3 de la Directiva 75/268/CEE.
Asociaciones que acrediten haber sometido a control oficial de rendimiento del ganado en su raza, al
menos a un 25 % de los reproductores, en el año anterior.
Asociaciones que no resulten beneficiarias de otras ayudas públicas, para la creación y mantenimiento
de libros genealógicos y control de rendimiento del ganado, distintas a las de la presente Orden.
TOTAL:

PUNTUACIÓN
3
2
1
1
1
2

8. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud,
así como en la documentación adjunta y SOLICITA:

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

La concesión de la subvención por un importe TOTAL de …….............................……...…. €, correspondiente al 100% de los
gastos presupuestados para el Libro genealógico (………….........................…. €) y ………….........................…. €
correspondiente al 70% de los gastos presupuestados para el Programa de mejora/conservación (…………...................... €),
como se detalla en el Presupuesto del plan de actuaciones.
En base al artículo 23 de la Orden, un anticipo de hasta el 50% de la cantidad concedida.
En

, a la fecha de la firma electrónica.
LA PERSONA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Fdo.:
ILMO/A. SR/A. DIRECTOR/A GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas: A 0 1 0 2 5 8 0 5

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (art. 12 y 13), la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural le informa que:
a) El responsable del tratamiento de los datos personales proporcionados en el presente formulario es la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural – Dirección General de la Producción Agrícula y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n –
41071 Sevilla y dirección electrónica dgpag.cagds@juntadeandalucia.es
b) Puede contactar por correo electrónico con el Delegado de Protección de Datos de la Consejería en la dirección electrónica
dpd.capadr@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales proporcionados en el presente formulario serán integrados, para la tramitación, gestión y seguimiento de
las solicitudes presentadas en el tratamiento denominado SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA
DGPAG- FONDOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, cuya base jurídica es el cumplimiento de una misión realizada en interés
público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento RGPD: 6.1.e)Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. Normativa sectorial de aplicación.
d) Usted puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y de limitación u oposición a su
tratamiento como se explica en la información adicional, que puede encontrar, junto con el formulario para la reclamación y/o
ejercicio de esos derechos, en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos
e) La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la
legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Agencia Tributaria de Andalucía, que sean requeridas por las Bases
Reguladoras, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293398

004617/1

La información adicional detallada, se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165619.html