Disposiciones generales. . (2023/231-6)
Extracto de la Orden de 24 de noviembre de 2023, por la que se convocan ayudas directas al sector apícola, contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

página 18379/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 24 de noviembre de 2023, por la que se convocan
ayudas directas al sector apícola, contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023,
de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y
de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del
sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones
climatológicas.
BDNS (Identif): 729526.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan la ayuda directa al sector apícola establecida en el artículo 5 del
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en
materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones
del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones
climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre
por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas
temperaturas.
2. Las ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía. Las partidas presupuestarias a las que se imputarán las ayudas
correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las
ayudas, será la siguiente:
1400180000 G/71B/47001/00 S0749; 1.378.500,00 euros.

Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas para compensar a los titulares de explotaciones
apícolas por la pérdida de ingresos derivada de la disminución de la producción como
consecuencia de la falta de polinización y del incremento de los insumos.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regulará por lo establecido en el Real Decreto-ley 4/2023,
de 11 de mayo, y en la Orden de 24 de noviembre de 2023, por la que se convocan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293433

Segundo. Personas beneficiarias.
Serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones apícolas trashumantes
y profesionales, entendiendo como tales aquellos que:
a) Sean titulares, a fecha de 1 de enero de 2023, de explotaciones inscritas en el
Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) ubicadas en Andalucía con el tipo
de explotación «Trashumante» como sistema productivo.
b) Las explotaciones que tengan un censo asociado igual o superior a 150 colmenas,
según la definición de explotación profesional establecida por el artículo 2.g) del Real
Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de
las explotaciones apícolas y que hayan realizado la declaración censal obligatoria en el
año 2022 conforme a lo previsto en el artículo 7.5 del mismo.