3. Otras disposiciones. . (2023/231-24)
Acuerdo de 28 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al municipio de Setenil de las Bodegas (Cádiz).
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Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

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Setenil, Valle de Galapagar, entre otros. La oferta turística de alojamiento, conforme a los
datos que figuran en el Registro de Turismo de Andalucía es de 712 plazas.
El municipio de Setenil de las Bodegas dispone de un Plan de Calidad Turística
vigente, aprobado por acuerdo plenario el 25 de noviembre de 2022.
Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 72/2017,
de 13 de junio, el municipio de Setenil de las Bodegas acredita cumplir con quince de los
diecisiete criterios de valoración (son precisos únicamente diez de ellos):
- Servicios públicos básicos que, según lo previsto en la normativa básica estatal
sobre Régimen Local, preste el municipio respecto a la vecindad y a la población turística
asistida, cuyo refuerzo se precise para satisfacer sus necesidades.
- Servicios específicos prestados por el municipio que tengan una especial relevancia
para el turismo.
- Disponer de planes de accesibilidad para la supresión de barreras arquitectónicas,
urbanísticas y de transporte.
- Inversiones previstas en el presupuesto municipal para la promoción e
infraestructuras turísticas.
- Existencia de oficinas de turismo accesibles convenientemente señalizadas y
equipadas.
- Existencia de recursos turísticos en el término municipal, declarados de interés
turístico o de interés cultural.
- Plazas de alojamiento inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.
- Adopción de medidas de defensa y restauración del patrimonio cultural y urbano.
- Existencia de Ordenanzas Fiscales y de Medio Ambiente, en las que figuren
debidamente recogidas medidas para la preservación de los valores medioambientales.
- Adopción de medidas tendentes a corregir las desigualdades entre mujeres y
hombres, así como las adoptadas en materia de violencia de género, con incidencia en la
actividad turística.
- Adopción de medidas de protección y recuperación del entorno natural y del paisaje.
- Existencia de un planeamiento urbanístico que contemple las dotaciones de
espacios libres y otras que cumplan las reservas mínimas previstas por la legislación
urbanística, justificándose su incidencia sobre la población turística asistida.
- Actuaciones para potenciar la movilidad sostenible no motorizada o la motorizada
basada en energías alternativas.
- Distintivos y certificaciones de calidad de los recursos y servicios turísticos que
tenga el municipio.
- Oficinas municipales donde se facilite información a la población turística asistida
sobre sus derechos como personas consumidoras y usuarias.
La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz, con fecha 23 de
junio de 2023, emite informe favorable sobre la oferta turística del municipio. Asimismo,
de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el
Consejo Andaluz del Turismo, con fecha 17 de julio de 2023, informa favorablemente al
respecto, al igual que hizo el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales en su informe de 13
de septiembre de 2023, en el que indica que no formula observaciones al trámite previsto
en el artículo 20.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre.
Emitidos los informes previos preceptivos y siendo estos favorables, la Secretaría
General para el Turismo, con fecha 6 de octubre de 2023, realiza la correspondiente
propuesta de informe de la declaración del municipio de Setenil de las Bodegas como
Municipio Turístico, para su elevación a la Comisión de Valoración que, reunida el 31 de
octubre de 2023, emite informe favorable a la declaración del municipio de Setenil de las
Bodegas como Municipio Turístico.
Instruido el procedimiento, se prescinde del trámite de audiencia en virtud de lo
dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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