Autoridades y personal. . (2023/230-16)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía General y Aparato Digestivo, dependiente del Servicio Andaluz de Salud.
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Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

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a un fichero cuyo titular será el centro gestor del proceso de selección y nombramiento,
pudiéndose ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición,
portabilidad de los datos y olvido en el centro gestor que figura en la convocatoria.
3.2. Plazo de presentación de solicitudes de participación, destino y documentación
requerida.
a) El plazo de presentación de solicitudes y petición de destinos será de 15 días
hábiles, contados a partir del primer día hábil posterior a la publicación de la presente
resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
b) Durante este plazo los concursantes podrán retirar o modificar sus solicitudes
mediante una nueva instancia que anulará totalmente las anteriores. Finalizado dicho
plazo no se admitirá modificación alguna.
c) Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización
del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, los
concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no
se admitirán desistimientos.
3.3. Solicitud de destinos. Los concursantes deberán presentar su solicitud de
destino, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente, a través de la VEC.
En dicha solicitud indicarán, por orden de preferencia, los centros sanitarios por los que
optan, con independencia de que en los mismos se oferten o no vacantes. Las personas
concursantes deberán especificar a tal fin los códigos asignados en el Anexo III de la
presente resolución, para aquellos centros de destino en los que se ofertan vacantes
en este concurso, así como, en su caso, los códigos asignados a aquellos otros centros
de destino dependientes del Servicio Andaluz de Salud a los que se puede adscribir la
categoría/especialidad convocada. Por la aplicación del sistema de resultas, a estas
plazas se acumularán aquellas que resulten vacantes tras la obtención de nuevo
destino por los concursantes que fueran titulares de las mismas, como consecuencia
de la tramitación del presente concurso, siempre que dichas plazas no estén sometidos
a procesos de amortización, desdotación o reconversión, o no estén afectadas por
participaciones condicionadas por razones de convivencia familiar conforme a la base 3.4.
La acumulación y adjudicación de dichas plazas se realizará de forma automática y
simultánea a la adjudicación del resto de las plazas.
3.4. Participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino
en el mismo municipio: Se podrá condicionar la participación por razones de convivencia
familiar, cuando ambos cónyuges o parejas de hecho participen en un concurso de traslado
convocado de forma simultánea en el Servicio Andaluz de Salud, a que ambos obtengan
destino definitivo en el mismo municipio, entendiéndose en caso contrario anuladas las
peticiones formuladas por ambos, dejando sin efecto la adjudicación definitiva de la plaza
que se hubiera realizado en su favor y la misma no podrá ser asignada a ningún/a otro/a
concursante. Los cónyuges o parejas de hecho que soliciten acogerse a este supuesto
deberán cumplimentar el formulario electrónico normalizado correspondiente, a través
de la VEC, indicando cada uno el DNI de su cónyuge o pareja de hecho y acreditando
dicha relación, debiendo solicitar la totalidad de las plazas ofertadas en el municipio.
El plazo para ello será el mismo que el de presentación de solicitudes de participación
en el concurso de traslado correspondiente para cada cónyuge o pareja de hecho,
pudiendo dejarla sin efecto durante dicho plazo. Pasado dicho plazo no se admitirán
modificaciones. Ambos cónyuges o pareja de hecho deberán condicionar por razones
de convivencia familiar su participación en el concurso de traslado en el que participen,
dejando sin efectos la participación condicionada en caso contrario. No podrán acogerse
a este supuesto las personas obligadas a concursar conforme a la base 2.2.
3.5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes no se tomará en
consideración para la resolución del concurso, la pérdida de la condición de personal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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