Disposiciones generales. . (2023/230-2)
Extracto de la Orden de 21 de noviembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2023, de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 21 de abril de 2016 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (Submedida 3.2, Operaciones 3.2.1 y 3.2.3).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

página 18276/2

un producto agrícola, ganadero o alimenticio concreto producido en Andalucía excluido el
sector oleícola y aceituna de mesa.
Línea 2: Los Consejos Reguladores y Asociaciones y Federaciones de entidades
agroalimentarias y asociativas agrarias, Fundaciones y Organizaciones Empresariales
del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica,
sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los
enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y
del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través
del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el
Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, en relación con un producto agrícola o
alimenticio en el sector del olivar y la aceituna de mesa producido en Andalucía.
Tercero. Objeto:
Apoyar las actividades de promoción realizadas por entidades en el mercado interior,
en relación con productos amparados por alguno de los regímenes de calidad de los
enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento y
del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través
del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el
Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 21 de abril de 2016 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo
Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la promoción en el mercado interior
de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del
Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 3.2, operaciones 3.2.1
y 3.2.3) (BOJA número 76, de 22.4.2016), y las Órdenes de 22 de junio de 2017 (BOJA
número 122, de 28.6.2017) y de 6 de julio de 2021 (BOJA número 133, de 13.7.2021), por
las que se modifica la anterior.
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las líneas es la que figura en el cuadro del apartado
primero. El importe máximo por persona beneficiaria y convocatoria es de 200.000,00
euros, excepto para Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de
Origen, incluidas en el Plan de Promoción presentado, en cuyo caso, se incrementa la
cuantía máxima a 300.000,00 euros. El importe de la ayuda consistirá en un porcentaje
de subvención del 70% de los costes subvencionables de la actividad. Asimismo, la
cuantía máxima de la subvención por persona beneficiaria y convocatoria no podrá
superar el importe correspondiente a 1,5 veces el presupuesto aprobado de la entidad
correspondiente al ejercicio anterior.

Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las entidades
solicitantes en la dirección electrónica que se indica a continuación, así como en la sede de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de sus órganos periféricos:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8296/como-solicitar.html
Sevilla, 23 de noviembre de 2023.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera
(Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293318

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes irá desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 31 de
diciembre de 2023.