Autoridades y personal. . (2023/228-18)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Asociado, mediante contrato laboral especial.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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3. La puntuación final obtenida tras la ponderación podrá incrementarse con el
porcentaje de hasta el 10% de dicha puntuación final adjudicado por el Departamento.
4. Si como resultado de la adjudicación de hasta un 10% de la puntuación final por
parte del Departamento algún candidato superara los 100 puntos, a este se le concederá
la puntuación máxima, en tanto que la valoración de los demás concursantes se hará de
forma ponderada.
5. El valor de la puntuación final se modulará a un máximo de 10 puntos.
VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS PREFERENTES
1

Poseer la titulación preferente expresada en la convocatoria

El doble de la puntuación
obtenida en los apartados 1.1.1 o
1.1.2 con el límite de 20 puntos.

2

Estar habilitado o ser funcionario de los cuerpos docentes en el área de conocimiento de la
plaza (art. 48.3 LOU).

El doble de la puntuación final
obtenida en los apartados de
Actividad docente (II) y Actividad
investigadora (III).

3

Ayudante y Ayudante Doctor: haber tenido la condición de becario/a o personal investigador
15 puntos adicionales en
en formación reconocida en convocatorias públicas u homologadas, con una duración
mínima de dos años y no haber sido desposeído de la misma por informe desfavorable (art. el apartado de Actividad
64.2 LAU). En el caso en el que se haya culminado con la obtención del grado de Doctor no investigadora.
se requerirá el período mínimo de 2 años de disfrute efectivo de beca.

4

Ayudante Doctor: estancia del candidato en universidades o centros de investigación de
reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de origen (mínimo
15 puntos adicionales en
8 meses en un periodo de 24 meses).
el apartado de Actividad
Contratado Doctor: estancia del candidato en universidades o centros de investigación de
investigadora.
reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de origen (mínimo
12 meses en un periodo de 24).

OBSERVACIONES GENERALES1

1 Reglamento de Contratación de Profesorado Universidad de Cádiz (Aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno de 19 de diciembre de 2003; BOUCA núm. 7. Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno
de 13 de julio de 2004, BOUCA núm. 14; Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre
de 2004, BOUCA núm. 15; Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008,
BOUCA núm. 80; Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011, BOUCA
núm. 138)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293086

1. El presente baremo se utilizará en la valoración del mérito y capacidad en los
concursos públicos de selección de personal docente e investigador a realizar por la
Universidad de Cádiz.
2. El baremo se divide en cinco bloques:
I) Formación Académica.
II) Actividad docente y Competencia pedagógica.
III) Actividad investigadora.
IV) Experiencia profesional.
V) Otros méritos.
3. Será responsabilidad de los Departamentos:
a) Informar sobre el perfil de cada plaza definida en la convocatoria. Dicho perfil
habrá de ajustarse en la medida de lo posible al de la Titulación que origina la necesidad
de la plaza.
b) Informar razonadamente a la Comisión de Contratación del mayor o menor grado
de afinidad de cada uno de los méritos alegados por las personas candidatas.
c) Valorar, conforme al baremo y en función del tipo de plaza, las solicitudes recibidas.
d) A la vista de los currículos de los aspirantes y de su adecuación a la plaza
convocada, señalar las personas candidatas a las que se les adjudica hasta un 10% de la
puntuación final obtenida.