Autoridades y personal. . (2023/228-6)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que superan el concurso-oposición, correspondiente a las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, de Pinche y se anuncia la publicación de dichas listas y se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Pinche, por el sistema de acceso libre, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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del día 29 de noviembre de 2023. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.

Sexto. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las
personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de No autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de
sus funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo
acredita y que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida
la condición de discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le
imposibiliten para el ejercicio de sus funciones y posee la capacidad funcional para el
desempeño de las funciones propias de la especialidad a la que se opta, teniendo en su
poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y que presentará en el
acto de toma de posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia».
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto Anunciar, en aplicación de lo establecido en la base general 13.2, que en el
caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso-oposición que deban
perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser
nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de
entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación complementaria
de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General
de Personal.
En aplicación de lo establecido en la mencionada base general 13.2, el supuesto
recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los
aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.