3. Otras disposiciones. . (2023/228-29)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Delegada Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, curso 2023/2024, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011, (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 27 de junio de 2023 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

página 18141/4

entidades privadas en materia de participación, equidad, absentismo escolar y mediación
intercultural en Andalucía para el curso 2023/2024 (Resuelve Primero.1), en la modalidad
de concesión en régimen de concurrencia competitiva.
6. Son de aplicación el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que
se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, por el que se ha modificado la composición y competencias de varias
de las Consejerías que componen la Administración de la Junta de Andalucía; el
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía, y el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
7. Según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras de la Orden de 15
de abril de 2011, y en el apartado 13 del cuadro resumen para la línea de subvención a
entidades sin ánimo de lucro en materia de absentismo escolar, la persona competente
para resolver la concesión de las ayudas es la Delegada Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de la
Junta de Andalucía en la Provincia de Cádiz, por delegación de la Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, y por tanto

1. Considerar como beneficiarias a las entidades sin ánimo de lucro relacionadas en
el Anexo I adjunto y con las correspondientes cuantías que figuran en el mismo para la
ejecución de los proyectos de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar,
curso escolar 2023-2024. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de las bases
reguladoras, aprobadas por la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95 de 17.5.2011),
y en el apartado 24 del correspondiente cuadro resumen para dichas ayudas, se
procederá a abonar la totalidad de la subvención concedida en un único pago anticipado
del 100%, con justificación diferida, mediante las consiguientes transferencias a las
cuentas bancarias de las entidades beneficiarias de la subvención a cargo de la partida
presupuestaria 1100020000/G/42F/48100/11/01, del ejercicio económico del año 2023.
2. Denegar la ayuda, por no cumplir los requisitos establecidos en la Bases
Reguladoras, a las entidades sin ánimo de lucro relacionadas en el Anexo II adjunto.
3. de acuerdo con lo recogido en la orden citada, las entidades que figuran en el
Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos actividades que tendrán como objeto la
consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les
ha concedido una subvención, que figura como presupuesto aceptado en el citado anexo
y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para esta línea de subvención (pág. 148, del BOJA de 17.5.2011):
• Mediación familia-escuela.
• Organización de actividades de apoyo educativo, culturales, deportivas o de ocio
para la ocupación y formación en el tiempo libre, que repercutan en la asistencia regular
del alumnado a los centros.
• Colaboración con los centros docentes, servicios educativos y entidades del entorno
para coordinarse en el seguimiento escolar del alumnado, estableciendo procesos de
acompañamiento tutorizado en los casos que sean necesarios.
• Organización de actividades para la recogida, en el barrio o en la casa, del alumnado
de estas características con el fin de facilitar su incorporación diaria al centro escolar.
• Organización de actividades de acogida y adaptación al centro educativo en la
incorporación del alumnado que haya permanecido sin escolarizar o con alto índice de
absentismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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