Disposiciones generales. . (2023/228-3)
Orden de 21 de noviembre 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la construcción y equipamiento de nuevas instalaciones de mataderos en la provincia de Cádiz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 07, Submedida 7.4., Operación 7.4.2). Inversión Territorial Integrada de la provincia de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

página 18127/3

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria y, en uso de las facultades que le confiere el
artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 44.2 de
la ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293159

A su vez, se ha cumplido el principio de eficiencia ya que las presentes bases
reguladoras han evitado cargas administrativas innecesarias o accesorias racionalizando,
en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
La Administración de la Junta de Andalucía en virtud del artículo 8 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y
del artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía y del
artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, asume el
compromiso oficial de aplicar las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 9
del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, de 2014 por el que
se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
y en el artículo 9 del mencionado Reglamento (UE) núm. 702/2014 de la Comisión,
de 25 de junio.
Asimismo, se han incorporado medidas destinadas a compensar, equilibrar y no
perpetuar las desigualdades entre mujeres y hombres u otros colectivos en cumplimiento
de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
La presente orden se estructura en un Preámbulo, dos artículos y dos disposiciones
finales, así como el cuadro resumen correspondiente a la línea de ayudas objeto de esta
disposición normativa. El primer precepto aprueba las bases reguladoras; asimismo, se
introduce un segundo artículo en virtud de la Resolución de 2 de agosto de 2019, de la
Viceconsejería, por la que se da publicidad a la Instrucción de 25 de julio de 2019, por la
que se establecen las disposiciones comunes aplicables a las subvenciones financiadas
con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, correspondientes a medidas
de desarrollo rural no relacionadas con las superficies ni con los animales.
Estas bases reguladoras se ajustan al Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto 282/2010, de 4 de mayo; además, se han elaborado ateniéndose a las bases
reguladoras tipo aprobadas por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
Interior, mediante Orden de 20 de diciembre de 2019.
La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía, establece en su artículo 48, que corresponde a la Comunidad Autónoma la
competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, así como
de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, almadraba y pesca con
artes menores, y la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de
la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131,
y 149.1 11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución Española, en materia de ordenación
del sector pesquero andaluz y en investigación, innovación, desarrollo y transferencia
tecnológica. Asimismo, le corresponde como competencia compartida la planificación del
sector pesquero.
Esta orden se dicta en vista del Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el
que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca Agua y Desarrollo Rural que
establece en su artículo 1.1 que corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y
de desarrollo rural.