Autoridades y personal. . (2023/227-28)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación asociado al proyecto «Aplicaciones de la Lingüística Digital al ámbito de la Terminología: La creación de un léxico relacional bilingüe de usos terminológicos de la semántica léxica».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Lunes, 27 de noviembre de 2023

página 18087/7

10. Obligaciones de los beneficiarios.
El personal investigador en formación contratado deberá elaborar informes de
seguimiento científico-técnico. Un informe a la finalización de cada anualidad del contrato,
y un informe final relativo a todo el periodo de ejecución del mismo, utilizando para ello
los modelos que le facilitarán desde el Área de Investigación y Transferencia.
Adicionalmente, junto a los informes de seguimiento, se adjuntará el curriculum vitae
actualizado del investigador en formación. El resultado de la evaluación de cada informe
anual antes indicado, será determinante para mantener la continuidad en la financiación
del contrato.
El incumplimiento de lo indicado en este apartado será motivo del cese del contrato.
En el caso de que el doctorando obtuviera el título de Doctor durante la ejecución
del contrato predoctoral, la presentación del documento acreditativo del acto de defensa
y aprobación de la tesis doctoral sustituirá al informe o informes de seguimiento que
correspondan.
En el caso en que el solicitante acceda al período de orientación posdoctoral (POP),
queda obligado a presentar un informe final sobre dicho período, junto con el currículum
actualizado en el que conste la trayectoria desarrollada y los méritos alcanzados.
La Universidad de Cádiz podrá establecer la necesidad de presentación de informes
de seguimiento adicionales a los indicados, o modular el contenido de los mismos.

12. Régimen de incompatibilidades.
El contrato financiado será incompatible con cualquier otro contrato laboral por parte
del personal investigador contratado, y con la percepción de cualquier cuantía que tenga
naturaleza salarial.
No obstante lo anterior, el personal investigador contratado podrá percibir
complementos no salariales provenientes de proyectos y contratos de I+D, complementos
por tareas docentes que no impliquen vinculación contractual, así como ayudas
complementarias para fomentar la movilidad de investigadores, siempre que estas
ayudas no impliquen la formalización de un contrato laboral, u otras ayudas destinadas a
la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas. En todo caso, las actividades
de las que se deriven los complementos o ayudas anteriores no deben menoscabar o
interrumpir la finalidad del contrato.
La adjudicación de un contrato predoctoral será incompatible con la obtención, para
la misma actuación, de otras ayudas financiadas por cualquier otro medio.
El IP del proyecto y el personal investigador contratado deberán comunicar al
Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica la obtención de otras ayudas,
subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades en el momento en que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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11. Incorporación al puesto de trabajo.
El candidato seleccionado deberá incorporarse al departamento de adscripción, de
común acuerdo con el mismo, en un plazo máximo de 3 meses, computado desde el día
siguiente al de la publicación de la resolución de adjudicación, una vez formalizado el
correspondiente contrato.
Cualquier modificación en la fecha de incorporación que se produzca después de la
firma y presentación del contrato, deberá ser comunicada al Vicerrectorado de Política
Científica y Tecnológica.
En casos excepcionales y debidamente acreditados en que sea necesario un plazo de
tiempo mayor para la incorporación, el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica
podrá conceder una ampliación de plazo para la misma, en ningún caso superior a 6
meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de adjudicación.
La contratación efectiva del investigador contratado queda condicionada a que
recaiga resolución definitiva favorable respecto al proyecto que da origen al contrato.