Disposiciones generales. . (2023/226-4)
Orden de 21 de noviembre de 2023, por la que se aprueba la redistribución de crédito asignado a la línea dirigida a subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Viernes, 24 de noviembre de 2023

página 17988/2

mayor número posible de solicitudes presentadas con el excedente de crédito existente
respecto a la distribución inicial.
El artículo 9.1 de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública
de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria
del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la
Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, dispone que,
en aquellos casos en los que de conformidad con las bases reguladoras existiesen dos
o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía
máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que necesariamente
debe indicar la convocatoria. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por
parte del órgano que efectuó la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con
anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole
difusión en los mismos medios de publicidad de aquélla.
Por todo lo anterior, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con el
artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Primero. Modificar el apartado cuatro del dispositivo segundo de la Orden de 7 de julio
de 2023, por la que se regulan las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición
de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de
carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten
la autonomía y la desinstitucionalización, dentro del marco del plan de recuperación,
transformación y resiliencia (PRTR), y se efectúa su convocatoria en el año 2023, con la
redacción siguiente:
ÁMBITO FUNCIONAL DE COMPETITIVIDAD
a) Personas sin hogar en zonas urbanas
b) Personas inmigrantes sin hogar en municipios con actividad agrícola
Total:

CUANTÍA MÁXIMA (en euros)
6.577.027,60
3.422.972,40
10.000.000,00

Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de noviembre de 2023
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO

00293013

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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