Autoridades y personal. . (2023/224-22)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Facultativo/a Especialista de Área Endocrinología y Nutrición, dependiente del Servicio Andaluz de Salud.
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Número 224 - Miércoles, 22 de noviembre de 2023

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jubilación, por lo que, aunque posteriormente proceda dejar sin efecto la adjudicación
de la plaza que se hubiera realizado en favor de aquél o aquélla, la misma no podrá ser
asignada a ningún/a otro/a concursante.
3.6. Documentación que deberá acompañar a todas las solicitudes de participación.
Las personas concursantes deberán aportar junto con la solicitud de participación,
la documentación acreditativa de los requisitos de participación que se relacionan a
continuación, a través de la VEC, cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al
sistema normalizado de aportación de requisitos. La persona aspirante se responsabilizará
de la veracidad de los documentos adjuntados.
Dicha documentación acreditativa de los requisitos es la siguiente:
a) Documento Nacional de Identidad. En el caso de personas que posean la
nacionalidad española bastará con que presten su consentimiento expreso para la
consulta y verificación de sus datos de identidad. Se presumirá que la consulta u
obtención es autorizada salvo oposición expresa. En caso de no autorizarse la consulta,
deberá aportarse copia del DNI en vigor.
b) Nombramiento como personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud, en la
categoría/especialidad a la que se concursa.
No será necesaria presentar esta certificación si su nombramiento como personal
estatutario fijo en la categoría/especialidad a la que concursa es en el Servicio Andaluz
de Salud, al estar disponible esta información en el Sistema de Información de Personal
del Servicio Andaluz de Salud (GERHONTE).
c) Las personas concursantes que se encuentren, en la categoría/especialidad a la que
se concursa, en situación de activo deberán presentar certificación de servicios prestados,
emitida por la Dirección del Centro, en la que pueda comprobarse dicha situación.
No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si la
resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta información
en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud (GERHONTE).
d) Las personas concursantes que se encuentren en situación de reserva de plaza, en
la categoría/especialidad a la que se concursa, deberán adjuntar resolución de concesión
de dicha reserva o certificación acreditativa de la misma.
No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si
la resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta
información en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud
(GERHONTE).
e) Las personas concursantes que se encuentren en situación distinta a la de activo
sin reserva de plaza, en la categoría/especialidad a la que se concursa, deberán adjuntar
Resolución de la concesión de dicha situación o certificación acreditativa de la misma.
No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si la
resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta información
en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud (GERHONTE).
3.7. Los concursantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su
solicitud.
3.8. De acuerdo con lo establecido en al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la
solicitud no reuniera los datos exigidos, o no se aportara la documentación acreditativa
de los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de
diez días hábiles, subsane la falta.
3.9. Autobaremo y acreditación de méritos.
Las personas concursantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos
conforme al baremo contenido en el Anexo II.
a) Méritos a valorar: Los méritos a valorar por la Comisión de Valoración en este
proceso serán los recogidos en el Anexo II de esta convocatoria y se valorarán con
referencia al día de publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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