3. Otras disposiciones. . (2023/223-32)
Orden de 31 de octubre de 2023, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Fundación General FP Málaga» de Málaga. (PP. 3169/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Martes, 21 de noviembre de 2023

página 17141/2

DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada
al centro docente privado de formación profesional «Fundación General FP Málaga»,
con código 29020541 y domicilio en C/ Jiménez Fraud, 10, Aulario López Peñalver,
Campus Universitario de Teatinos, de Málaga, cuyo titular es la Fundación General de la
Universidad de Málaga, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe
a continuación:
Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:
Integración social (impartido en turno de mañana):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 40.
Marketing y publicidad (impartido en turno de mañana):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2
Puestos escolares: 40.
Comercio internacional (impartido en turno de tarde):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 40.
Guía, información y asistencias turísticas (impartido en turno de tarde):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2023/24, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a
que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de
otras personas.
Tercero. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292140

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.