Autoridades y personal. . (2023/222-17)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convocan a concurso de acceso plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
9 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023

página 17656/5

admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra
esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112
de la LPAC.

6. Presentación de documentos y nombramientos.
6.1. Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro
General de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados
en el artículo 16 de la LPAC los siguientes documentos:
1. Certificado de aptitud para su puesto de trabajo, expedido por el Servicio de
Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Granada.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de la Administración del
Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o
de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto
543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal
que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
6.2. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo,
estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
6.3. El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por la
Rectora, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos
de documentación establecidos en el apartado anterior. El nombramiento especificará
la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de conocimiento. Dicho nombramiento será
publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado al Consejo de Universidades.
6.4. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su
destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria del cuerpo
docente universitario de que se trate.
6.5. La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292668

5. Comisiones de Selección, desarrollo del concurso, propuesta de provisión y
Comisión de Reclamaciones
5.1. La composición de las Comisiones de Selección que figuran como Anexo III de
esta convocatoria, el régimen de sustituciones de sus miembros, la constitución de las
mismas, el desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán conforme
a lo dispuesto en la Normativa de aplicación de la Universidad de Granada que regula
el procedimiento de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios,
aprobada en Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2011 y publicada en el BOJA
de 10 de octubre de 2011 (NPAUGR).
5.2. Los aspirantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 9.5-b-1.º de la
NPAUGR, presentarán los contenidos de dicho apartado según los puntos que figuran
como Anexo IV de esta convocatoria.
5.3. Contra la propuesta de la Comisión de Selección de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante la Rectora en el plazo máximo de diez
días hábiles, contando a partir del siguiente al de su publicación.