3. Otras disposiciones. . (2023/222-24)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se establecen las normas y procedimientos para el control financiero de las Universidades públicas andaluzas.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
15 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023

página 40037/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

La Intervención General de la Junta de Andalucía es el superior órgano de control interno
del sector público de la Junta de Andalucía y tiene el carácter de órgano directivo y gestor
de la contabilidad pública de la gestión económico-financiera de la Administración de la
Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales, todo ello de conformidad con lo
establecido en el artículo 86 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
El control interno reviste dos modalidades, el control previo y el control financiero.
Este último es un control posterior que tiene por objeto, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 93 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, comprobar que el funcionamiento del sector público andaluz, en el aspecto
económico-financiero, se ajusta al ordenamiento jurídico y a los principios de legalidad,
eficacia, eficiencia, economía y buena gestión financiera.
Establece el citado artículo que, con las excepciones previstas en esta Ley o en
sus reglamentos de desarrollo, estarán sometidos a control financiero las agencias de
régimen especial, las agencias públicas empresariales, las sociedades mercantiles y
las fundaciones del sector público andaluz, los consorcios previstos en el artículo 4 y
las demás entidades contempladas en el artículo 5 de esta Ley, las entidades públicas
vinculadas que tienen la consideración de Administración institucional y los órganos e
instituciones a los que les resulte de aplicación el régimen jurídico de esta, conforme a la
disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía, salvo disposición distinta establecida en su normativa específica,
las personas beneficiarias de subvenciones y los ingresos del Presupuesto de la Junta
de Andalucía, así como los órganos, servicios o gastos de las Consejerías y agencias
administrativas cuando así se establezca por el Consejo de Gobierno.
Además de lo regulado en dicho artículo 93 en relación con el ámbito subjetivo al
que se aplica el control financiero, procede mencionar lo dispuesto en el artículo 61 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 92/2022, de 31 de mayo. Este artículo establece que de
conformidad con lo previsto en el artículo 5.4 del texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sobre el control financiero de las entidades
no pertenecientes al sector público andaluz que tengan una financiación mayoritaria de
la Junta de Andalucía, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 89.1 del texto refundido
de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de
enero, la Intervención General, oído el Consejo Andaluz de Universidades, realizará con
carácter anual, sobre aquellas Universidades incluidas en el Plan Anual de Control, las
actuaciones de control financiero acordadas por el Consejo de Gobierno que se estimen
necesarias para el seguimiento de la aplicación de los recursos aportados por la Junta de
Andalucía dentro del modelo de financiación vigente en cada momento.
En relación con lo anterior se adoptó Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 27 de
julio de 2023, por el que se establecen las actuaciones de control financiero a desarrollar
sobre la Universidad de Huelva, necesarias para el seguimiento de la aplicación de los
recursos aportados por la Junta de Andalucía dentro del sistema de financiación vigente.
Además, en el artículo 61.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Intervención General de la Junta de Andalucía, se establece que, mediante resolución,
la persona titular de la Intervención General de la Junta de Andalucía establecerá las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292695

Resolución de 14 de noviembre de 2023, de Intervención General de la Junta
de Andalucía, por la que se establecen las normas y procedimientos para el
control financiero de las Universidades públicas andaluzas.