Disposiciones generales. . (2023/222-2)
Orden de 15 de noviembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar soluciones innovadoras frente a la sequía, en el marco del PLAnd Sequía Andalucía y se aprueba la convocatoria para el año 2023.
78 páginas totales
Página
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023
página 17698/73
d
(Página 2e
7 )
ANEXO II
A los efectos de acreditar el cumplimiento de la obligación de llevar una contabilidad separada o asignar un código contable
adecuado a todas las transacciones relacionadas con la actuaciones subvencionadas, DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, lo
siguiente:
Que la entidad está sometida al siguiente régimen de tributación:
Régimen de estimación directa con actividad mercantil.
Régimen de estimación directa simplificada.
Régimen de estimación objetiva (módulos).
En base al régimen de tributación indicado, y en aplicación de lo previsto en el artículo 68 del Reglamento del Impuesto sobre las
personas físicas aprobado mediante Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, la entidad:
Está obligada a llevar una contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio y ha cumplido con la obligación de
llevar una contabilidad separada o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con la
actividad subvencionada, asignando a las transacciones relacionadas con la subvención recibida el siguiente código:
No está obligada a llevar una contabilidad oficial ajustada al Código de Comercio y por consiguiente está exenta de la
exigencia de llevar una contabilidad separada.
Nº INSCRIPCIÓN EN EL ROAC:
FECHA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A LA PERSONA AUDITORA:
FECHA DEL INFORME:
00292710
NOMBRE DE LA PERSONA AUDITORA:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Lunes, 20 de noviembre de 2023
página 17698/73
d
(Página 2e
7 )
ANEXO II
A los efectos de acreditar el cumplimiento de la obligación de llevar una contabilidad separada o asignar un código contable
adecuado a todas las transacciones relacionadas con la actuaciones subvencionadas, DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, lo
siguiente:
Que la entidad está sometida al siguiente régimen de tributación:
Régimen de estimación directa con actividad mercantil.
Régimen de estimación directa simplificada.
Régimen de estimación objetiva (módulos).
En base al régimen de tributación indicado, y en aplicación de lo previsto en el artículo 68 del Reglamento del Impuesto sobre las
personas físicas aprobado mediante Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, la entidad:
Está obligada a llevar una contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio y ha cumplido con la obligación de
llevar una contabilidad separada o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con la
actividad subvencionada, asignando a las transacciones relacionadas con la subvención recibida el siguiente código:
No está obligada a llevar una contabilidad oficial ajustada al Código de Comercio y por consiguiente está exenta de la
exigencia de llevar una contabilidad separada.
Nº INSCRIPCIÓN EN EL ROAC:
FECHA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A LA PERSONA AUDITORA:
FECHA DEL INFORME:
00292710
NOMBRE DE LA PERSONA AUDITORA:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja