Autoridades y personal. . (2023/221-30)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación, mediante contrato de duración determinada vinculados a programas financiados con fondos europeos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17538/6

5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.
6. Temario.
El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como Anexo III de la
presente convocatoria.
7. Fase de concurso.
El Tribunal Calificador valorará los méritos de la fase de concurso de acuerdo con el
baremo de la convocatoria, que se adjunta en el Anexo II.

9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada prueba de la fase de oposición, el Tribunal hará
público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoriapas) el acuerdo con la relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292544

8. Fase de oposición.
8.1. La fase de oposición estará compuesta por dos pruebas, especificadas en el
Anexo II. La puntuación obtenida supondrá el 60 por ciento de la calificación final.
8.2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será
necesario obtener como mínimo 30 puntos en la misma.
8.3. La primera prueba de la fase de oposición no se celebrará antes del 15 de enero
de 2024. La fecha, lugar y hora de celebración se hará pública en la página web del área
de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado definitivo de
admitidos y excluidos.
8.4. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de las personas aspirantes
en el que se requiera de una actuación individualizada se iniciará, según la ordenación
alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos, por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
8.5. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
8.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión
al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes
o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.