Autoridades y personal. . (2023/221-31)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Cádiz de la categoría Titulado Superior de Actividades Culturales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

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planificación, desarrollo, revisión y evaluación de una o varias actuaciones relacionadas
con el perfil o las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo objeto de convocatoria.
El número de páginas del proyecto no podrá superar las 25.
La valoración del proyecto tendrá en cuenta el grado de conocimiento demostrado,
su encaje con la estructura organizativa y funcional, la originalidad en el contenido del
proyecto, su adecuación a los elementos requeridos en su elaboración respecto de la
planificación, desarrollo, revisión y evaluación del mismo, y el grado de calidad en la
presentación del proyecto.
La Comisión de Valoración, podrá en caso que lo considere necesario, citar a los
aspirantes para la defensa del proyecto.
La puntuación máxima será de 4 puntos, debiéndose alcanzar una puntuación mínima
de 2 puntos para obtener la plaza.
El proyecto se podrá presentar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación del listado provisional de admitidos y excluidos. La presentación
se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma
telemática en la Sede Electrónica de la UCA.
7.3. En caso de igualdad el criterio establecido es el de mayor antigüedad.
7.4. Los solicitantes por el turno de reingreso de excedentes o traslado entre
universidades, podrán concurrir a puestos de trabajo de diferente categoría de su área
profesional, de igual o inferior grupo profesional, en cuyo caso, se podrán establecer las
correspondientes pruebas que acrediten los conocimientos adecuados.

9. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos
que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo
contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo
electrónico: dpd@uca.es.
9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la
presente convocatoria.
Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus
datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario
para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que
hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser
requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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8. Resolución del concurso de traslado.
8.1. La Comisión de Valoración en el plazo máximo de tres meses a contar desde la
fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes, publicará acuerdo con adjudicación
provisional del concurso de traslado en la página web del Área de Personal
https://personal.uca.es/provision-de-puestos-de-trabajo/
Contra dicho acuerdo, los interesados disponen de cinco días, a contar desde el
siguiente al de su publicación, para realizar las alegaciones que consideren y, una vez
resueltas, se publicará acuerdo definitivo de adjudicación.
8.2. Contra dicho acuerdo definitivo, las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
8.3. Resuelto definitivamente el concurso de traslado, el destino adjudicado, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 19.8 del vigente Convenio Colectivo, será irrenunciable.