3. Otras disposiciones. . (2023/221-51)
Orden de 8 de noviembre de 2023, por la que se establecen, mediante actuaciones de replanteo, los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de San José del Valle y Ubrique, ambos en la provincia de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17546/2

- El municipio de San José del Valle se creó mediante el Decreto 82/1995, de 28 de
marzo, por el que se aprueba la segregación de parte del término municipal de Jerez de
la Frontera (BOJA núm. 53, de 1 de abril de 1995).
Tercero. De conformidad con el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre,
por la Secretaría General de Administración Local, se notificó con fecha 7 de septiembre
de 2023 a los Ayuntamientos de Jerez de la Frontera, Ubrique, Arcos de la Frontera,
Cortes de la Frontera, San José del Valle, así como a las Diputaciones Provinciales
de Málaga y Cádiz, una propuesta incluyendo los datos identificativos de la línea
delimitadora, concediendo a dichas entidades locales trámite de audiencia por plazo
de un mes, a efectos de que pudieran presentar cuantos documentos y alegaciones
estimaran conveniente.
Este trámite finalizó sin que los Ayuntamientos y Diputaciones anteriormente citados
emitiesen alegaciones.
A los hechos anteriormente expresados les resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Corresponde a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función
Pública, conforme a lo dispuesto en los artículos 1.k) y 7.1.d) del Decreto 164/2022, de 9
de agosto, por el que se establece su estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, la ordenación, ejecución y control de todas las
medidas tendentes a la gestión de las competencias que en materia de administración
local estén atribuidas a la Junta de Andalucía, y, en particular y por lo que se refiere al
contenido de la presente orden, el replanteo de las líneas definitivas.
Según el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, las resoluciones
de replanteo se adoptarán, mediante orden, por la persona titular de la Consejería
competente sobre régimen local. En consecuencia, procede la resolución del
procedimiento mediante esta orden, a la vista de la propuesta efectuada por la Secretaría
General de Administración Local.

Tercero. El artículo 10.1, en consonancia con el artículo 4.1 del Decreto 157/2016,
de 4 de octubre, establece que, sin perjuicio de la inamovilidad de las líneas definitivas,
se efectuarán las actuaciones de replanteo necesarias para el establecimiento de los
datos identificativos de las líneas delimitadoras de los términos municipales, al objeto de
proyectar sobre la realidad física las acordadas en su día, en el caso de que el deslinde
no se hubiera efectuado con las coordenadas geográficas conforme al sistema de
representación y georreferenciación previsto en el apartado 2 del artículo 4.
Por ello, partiendo de la consideración de que, según dispone el artículo 2.2.k) del
Decreto 157/2016, de 4 de octubre, el acta de deslinde constituye un título acreditativo
del deslinde entre dos municipios, la presente orden se ha limitado a proyectar sobre
la realidad física la línea definitiva divisoria de los municipios de San José del Valle y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292551

Segundo. De conformidad con el artículo 7.2.h) y m) del Decreto 141/2006, de 18
de julio, por el que se ordena la actividad cartográfica en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el IECA adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
es el organismo público competente para prestar asistencia técnica a la Consejería
de Justicia, Administración Local y Función Pública en la delimitación de los términos
municipales.
Asimismo, los artículos 3.1 y 10.3 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, regulan
la intervención de dicho Instituto en los procedimientos de replanteo de los términos
municipales, mediante la emisión del informe de replanteo.