Disposiciones generales. . (2023/221-4)
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se modifica la Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020) que se citan, y su extracto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17535/2

Línea de ayuda

Partidas presupuestarias

Ayuda a la parada temporal de la flota de artes
menores afectada por el Plan de Gestión para
la pesquería de rastros o dragas mecanizadas
en el litoral mediterráneo de Andalucía.

1400120000/G/71P/47300/00/G1311145G6
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6
1400120000/G/71P/48300/00/G1311145G6
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6

Cuantía máxima (€)
Armadores FEMP: 1.000
Armadores FEMPA: 80.000
Tripulantes FEMP: 1.000
Tripulantes FEMPA: 50.000

Dado que el número de solicitudes presentadas a día de hoy en relación con las
paradas temporales de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía
de la modalidad de palangre de superficie y de cerco, que faenan en el caladero
Mediterráneo, de la modalidad de arrastre que faena en el caladero Golfo de Cádiz y
de la modalidad de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de
rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, ha superado con
mucho las presentadas en las convocatorias anteriores, se hace necesario modificar la
citada orden de convocatoria, incrementando los créditos convocados.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de
la referida Orden de 2 de mayo de 2023 y de su extracto, y en virtud de la competencia
que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115
del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. La modificación de la Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se convocan
para el año 2023, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
Uno. Se modifica el apartado 1 del resuelvo primero, que queda redactado como
sigue:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, al
amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva,
por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera
con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de la Pesca (2014-2020), las ayudas que se citan en el Anexo III de esta orden,
en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios
que asimismo se indican en el referido anexo, siendo el importe total disponible para esta
convocatoria de 4.085.000 euros, no pudiendo superarse la citada cuantía.»

«Parada
Ayuda a la parada
temporal de la
flota con puerto
base en Andalucía
de la modalidad
de palangre de
superficie que faena
en el caladero
Mediterráneo.

Partida presupuestaria

Cuantía máxima (€)

1400120000/G/71P/47300/00/ Armadores FEMP:
G2311145G6
47.000
1400120000/G/71P/47300/00/ Armadores FEMPA:
G4130204A6
260.000
1400120000/G/71P/48300/00/ Tripulantes FEMP:
G2311145G6
116.000
1400120000/G/71P/48300/00/
Tripulantes
G4130204A6
FEMPA:60.000

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Días de parada

Periodo
computable

Días
subvencionables

01/01/2023 al
31/03/2023

90 días

60

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292542

Dos. Se modifica el Anexo III, que queda redactado como sigue: