3. Otras disposiciones. . (2023/221-49)
Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17625/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba el Plan de Prevención de
Riesgos Laborales de la Consejería.

En su virtud, de acuerdo con la competencia atribuida en el artículo 7.2 del
Decreto 304/2011, de 11 de octubre, previo informe favorable de la Dirección General de
Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, y previa consulta a los órganos de representación
del personal funcionario y laboral de los servicios centrales y de los servicios periféricos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292637

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE núm. 269, de 10 de noviembre), de Prevención
de Riesgos Laborales, establece la obligación del empresario de garantizar la seguridad
y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. La propia
ley, tras la redacción dada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre (BOE núm. 298, de 13
de diciembre), de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales,
establece en su artículo 16 que la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en
el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades
como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de
un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
El Decreto 304/2011, de 11 de octubre (BOJA núm. 209, de 25 de octubre), por el que
se regula la estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal
al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, establece los principios,
competencias, procedimientos y criterios técnicos para la elaboración y aplicación del
Plan de Prevención de Riesgos Laborales en cada Consejería, agencia administrativa y
agencia de régimen especial de la Administración de la Junta de Andalucía y dispone que
el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Andalucía
estará constituido por el conjunto de los Planes de Prevención de Riesgos Laborales de
todas las Consejerías, agencias administrativas y agencias de régimen especial de la
Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el artículo 7.2 del citado
Decreto 304/2011, de 11 de octubre, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de
cada Consejería será aprobado por Orden de la persona titular de la correspondiente
Consejería y del citado Plan se dará traslado a la Consejería competente en materia de
seguridad y salud laboral.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio (modificado por el Decreto del
Presidente 13/2022, de 8 de agosto) sobre reestructuración de Consejerías, dispone una
nueva organización de la Administración de la Junta de Andalucía, creando la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y establece que a la misma le corresponden
las competencias atribuidas, hasta ese momento, a la Consejería de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación, salvo las que se asignan a la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. Asimismo, se le adscriben las
competencias en materia de juventud que actualmente venía ejerciendo la Consejería
de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, las competencias en materia de familias
que, hasta ese momento, estaban adscritas a la Consejería de Salud y Familias, la
coordinación de las políticas migratorias y las relativas a los centros residenciales de
personas mayores.
Por otro lado, en el Decreto 161/2022, de 9 de agosto (BOJa extraordinario número 28,
de 11 de agosto), se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad.