3. Otras disposiciones. . (2023/220-27)
Resolución 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la Real Federación Andaluza de Futbol.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Jueves, 16 de noviembre de 2023

página 17481/15

Artículo 25. Moción de Censura.
1. A instancias de al menos el 25% de la Asamblea General, y formulada por escrito
mediante solicitud a la presidencia de la Comisión Electoral, en la que consten las firmas
y datos necesarios para la identificación de los/as promotores/as. Los/as solicitantes, en
su escrito, deberán proponer un/a candidato/a alternativo/a a la presidencia.
2. El Presidente/a de la Comisión Electoral viene obligado/a en el plazo de diez días
a constituir una Mesa, integrada por dos personas miembros de la Junta Directiva de la
RFAF, designados por ésta, los/as dos primeros/as firmantes de la moción de censura y
quinta persona miembro, elegido/a por la Comisión Electoral entre personas federadas de
conocida imparcialidad e independencia, que la presidirá, siendo el titular de la secretaría,
la persona más joven de las restantes.
3. Para prosperar dicha moción deberá ser votada en Asamblea, convocada ésta por
la Presidencia en el plazo máximo de un mes desde su presentación, por la mayoría
absoluta de las personas miembros de la misma.
4. De prosperar el voto de censura, se procederá a la inmediata designación como
Presidente/a del propuesto/a, quién podrá formar nueva Junta Directiva.
5. Sólo cabrán impugnaciones, cualquiera que fuese su naturaleza, una vez concluida
la Asamblea, tras ser rechazada o prosperar la moción de censura. Tales impugnaciones
deberán formularse, en el plazo de cinco días, ante la Comisión Electoral, la que
resolverá en tres días y, en su caso, proclamará definitivamente Presidente o Presidenta
al candidato/a alternativo/a electo/a, sin perjuicio de los recursos administrativos y
jurisdiccionales que procedan.
6. Únicamente podrán formularse dos mociones de censura en cada mandato de la
Asamblea y, entre ellas, deberá transcurrir, como mínimo, un año.

Fase primera: Convocatoria y proclamación del censo electoral definitivo.
- Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo.
- Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
- Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la
Dirección General competente en materia de deporte.
- Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus
delegaciones provinciales y en su página web, así como en la página web de la Consejería
competente en materia de deporte.
- Día 6: Comienzo del plazo para presentación de impugnaciones contra la propia
convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y
el calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral.
- Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de deporte de
certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería.
- Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las
certificaciones de publicación de la convocatoria, conforme a la Orden vigente, por la que
se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas.
- Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de
deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede
y web federativas.
- Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado
anterior correspondiente al día 6.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292476

Artículo 26. Calendario electoral.
El calendario de elecciones de la RFAF, se dividirá en dos fases y se ajustará al
calendario marco que sigue, en el que los plazos y determinaciones tienen el carácter de
mínimos, según marca la Orden vigente por la que se regulan los procesos electorales de
las federaciones deportivas andaluzas: