4. Administración de justicia. . (2023/220-35)
Edicto de 13 de noviembre de 2023, de la Audiencia Provincial de Cádiz, de acuerdo de destrucción de vehículos.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 220 - Jueves, 16 de noviembre de 2023

página 17514/3

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero. Procede la ratificación definitiva de la destrucción generalizada de los
vehículos referidos en la relación de bienes sin valor remitida por la Delegación Territorial
de Regeneración, Justicia y Administración Local en Cádiz (con registro de salida
202288200001486), por lo anteriormente expuesto y en virtud del artículo 367 Quater de
la LECrim y del Protocolo de Actuación para la Destrucción de Bienes intervenidos que
carezcan de valor, su realización sea antieconómica o no sean susceptibles de uso legal.
Segundo. Quedan excluidos del presente acuerdo los vehículos relacionados en el
hecho tercero de la presente resolución, a fin de que el órgano judicial a cuya disposición
se encuentren, pueda darles el destino legal correspondiente.
PARTE DISPOSITIVA
Vistos los anteriores razonamientos jurídicos,
ACUERDO
Procede la destrucción generalizada de los vehículos referidos en la relación de
vehículos sin valor remitida por la Delegación Territorial de Regeneración, Justicia y
Administración Local en Cádiz (con registro de salida 202288200001486), a excepción de
los bienes relacionados en el hecho tercero de la presente resolución.
Procédase a la destrucción, adoptándose las medidas necesarias para atender
especialmente a la legislación medioambiental.
Comuníquese el presente acuerdo a los órganos judiciales a cuya disposición se
encuentren los bienes susceptibles de destrucción, y al resto de los órganos judiciales
de la provincia a través de los Decanatos de cada partido judicial respecto a los bienes
no localizados en una oficina judicial concreta. Si en el plazo de un mes los órganos
judiciales no manifestasen su oposición a la inclusión del bien en el listado de bienes
susceptibles de destrucción, se procederá a darles el destino correspondiente.
De forma simultánea, publíquese el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía y en los tablones de anuncios de los Decanatos de los Partidos Judiciales,
de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, confiriendo el plazo de
un mes para que cualquier persona que tenga interés legítimo por encontrarse incursa,
como parte perjudicada en los procedimientos penales, manifieste lo que a su derecho
convenga en cuanto al destino de los bienes incluidos en el expediente.
Por último, notifíquese el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla, a la Iltma. Sra. Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Cádiz,
a la Secretaría de Coordinación Provincial, a los Jueces y Letrados de la Administración
de Justicia de los Decanatos de todos los partidos judiciales de la provincia, a los
depositarios afectados y a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz.
Así lo acuerdo y firmo.»

00292517

Y para que conste y sea publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido
el presente que firmo en Cádiz, a 13 de noviembre de dos mil veintitrés.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja