5. Anuncios. . (2023/220-46)
Anuncio de 9 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén, por el que se publica la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de 25 de octubre de 2023, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción de EDAR en el municipio de Arroyo de Huesa (Jaén) y la relación de bienes y derechos de necesaria expropiación para el mencionado proyecto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Jueves, 16 de noviembre de 2023

página 17433/4

3.º Solicitud de aprobación.
Una vez concluidos todos los trámites correspondientes al procedimiento de
Información Pública, mediante escrito de fecha 19 de octubre de 2023 la Delegación
Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén solicita la aprobación
definitiva del Proyecto de Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales de
Huesa (Jaén). Clave: A5.323.1147/2111.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292435

la parcela catastral con referencia 23045A005002290000DF, lo que obedece a que, a la
fecha de su publicación, figuraba en Catastro de titularidad del Ayuntamiento de Huesa
y, por tanto, no podía ser objeto de expropiación, al ser el Ayuntamiento el beneficiario
último de los bienes expropiados. Una vez comprobado el cambio de titularidad catastral
en favor de los alegantes les fueron comunicadas personalmente las afectaciones del
proyecto a esta finca y, de conformidad con el art. 20 de la LEF, serán incluidas en las
notificaciones que se efectúen de la resolución por la que se apruebe el proyecto y en las
publicaciones correspondientes.
2. La relación de bienes y derechos de necesaria expropiación publicada, que se
completa con la incluida en el proyecto que ha estado disponible completo durante
el período de información pública, para su visualización y/o descarga por cualquier
persona interesada, recoge la identificación de los titulares de las fincas, su naturaleza
y descripción (tipo de cultivo, superficie, etc.), sus linderos y ubicación, cumpliendo, por
tanto, con lo requerido por el art. 17 de la LEF.
Respecto a la afectación de las obras sobre los cultivos y el arbolado existente y
sus consecuencias, estos no son objeto de expropiación, por lo que, no se requiere su
inclusión en la relación de bienes y derechos de necesaria expropiación. Caso de sufrir
estos algún daño o perjuicio, sería objeto de indemnización.
3. Respecto a la propuesta de trazado alternativo para la conducción del alivio
proyectado ubicándolo por las calles Pozo Alcón y Alhambra, evitando así la afectación
a las parcelas catastrales 477 del polígono 1 y 229 del polígono 5 de su titularidad, en el
proyecto se recoge el estudio topográfico de detalle realizado en esta zona y de las cotas
necesarias para su ejecución con objeto de evitar el bombeo del agua hasta el cauce de
vertido, lo que conllevaría un coste energético y medioambiental evitable. Esta primera
alternativa propuesta por el alegante fue estudiada y comprobada topográficamente en
el terreno durante la elaboración del proyecto, y descartada por presentar los viales unas
cotas considerablemente más elevadas que las del terreno de la ubicación proyectada.
Esto obligaría, siempre evitando el bombeo referido, a elevar las cotas de excavación
respecto a las proyectadas (más de 6 metros), lo que conllevaría un incremento
económico y un grave problema desde el punto de vista de la seguridad, tanto como por
la importante profundidad de la zanja a ejecutar como por tratarse de un tramo que se
ubicaría entre viviendas y naves que podrían verse afectadas.
La segunda propuesta de trazado alternativo del alegante consiste en la utilización
de una conducción municipal ya existente. Durante la elaboración del proyecto fue
inspeccionada esta conducción antigua con personal del Ayuntamiento, pudiendo
comprobarse que la sección de esta conducción es de 500 mm y siendo informados
por el funcionario municipal de que en episodios de lluvia las tapas de los registros
salen despedidas. Es por ello que en el proyecto se diseña un nuevo colector con una
mayor sección (630 mm), con una menor longitud y una menor pendiente inicial que evita
desbordamientos en la red de saneamiento, consiguiéndose un adecuado funcionamiento
de este aliviadero.
Por lo expuesto, se propone la desestimación de las alegaciones presentadas por
don Gabriel Martín Jiménez.
En conclusión, por todos los motivos expuestos, procede no admitir las alegaciones
presentadas al Proyecto de Construcción de Estación Depuradora de Aguas Residuales
de Huesa (Jaén), con Clave: A5.323.1147/2111.