Autoridades y personal. . (2023/219-27)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Ayudante Doctor para el curso 2023/24 en el campus de Granada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17385/8
7. Formalización de los contratos.
7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes
contratos previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea
requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco
días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión
en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de
Granada. En el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma
del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor,
libremente apreciados por el Rectorado.
7.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del
o la aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más
valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se
ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas
de la misma.
7.3. En el caso de que se produzca una vacante y según los criterios acordados
en mesa de negociación, en el plazo máximo de un año a partir de la convocatoria del
concurso, mediante la publicación de dicha convocatoria en el BOJA, se procederá
a formalizar la incorporación del siguiente candidato/a más valorado/a en la figura de
Profesor Ayudante Doctor.
7.4. En el caso de que para algunas de las plazas del turno de discapacidad no
existieran candidatos o quedaran desiertas, se acumularán y se resolverán junto con las
plazas de la misma área de conocimiento y departamento que se ofertan para el turno libre.
8. Disposición final.
8.1. El concurso y posterior contratación se regirán por las normas de la presente
convocatoria; por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Universidades; por el
Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y
posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior ley; por
los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de
julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de
8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades
y su posterior modificación; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador
con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA núm. 92, de 9 de
mayo de 2008); los Criterios generales de valoración de méritos para la contratación de
profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y
Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en Consejo
de Gobierno de 24 de julio de 2018 y su posterior modificación aprobada en Consejo de
Gobierno de 2 de octubre de 2023 y demás normas de carácter general que resulten de
aplicación.
8.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las
actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los y las
interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.
236, de 2 de octubre de 2015).
00292387
Granada, 9 de noviembre de 2023.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17385/8
7. Formalización de los contratos.
7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado extenderá los correspondientes
contratos previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea
requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco
días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión
en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de
Granada. En el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma
del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor,
libremente apreciados por el Rectorado.
7.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del
o la aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más
valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se
ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas
de la misma.
7.3. En el caso de que se produzca una vacante y según los criterios acordados
en mesa de negociación, en el plazo máximo de un año a partir de la convocatoria del
concurso, mediante la publicación de dicha convocatoria en el BOJA, se procederá
a formalizar la incorporación del siguiente candidato/a más valorado/a en la figura de
Profesor Ayudante Doctor.
7.4. En el caso de que para algunas de las plazas del turno de discapacidad no
existieran candidatos o quedaran desiertas, se acumularán y se resolverán junto con las
plazas de la misma área de conocimiento y departamento que se ofertan para el turno libre.
8. Disposición final.
8.1. El concurso y posterior contratación se regirán por las normas de la presente
convocatoria; por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Universidades; por el
Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y
posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior ley; por
los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de
julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Decreto Legislativo 1/2013, de
8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades
y su posterior modificación; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador
con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA núm. 92, de 9 de
mayo de 2008); los Criterios generales de valoración de méritos para la contratación de
profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y
Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en Consejo
de Gobierno de 24 de julio de 2018 y su posterior modificación aprobada en Consejo de
Gobierno de 2 de octubre de 2023 y demás normas de carácter general que resulten de
aplicación.
8.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las
actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los y las
interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.
236, de 2 de octubre de 2015).
00292387
Granada, 9 de noviembre de 2023.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja