3. Otras disposiciones. . (2023/219-40)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica adenda de prórroga al convenio marco entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y el Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023

página 17420/2

con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios y trabajos sobre el
funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la Junta de Andalucía;
promover la investigación en aquellas materias relacionadas con la organización y
actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas, etc.»
Además, convencido de que compartir el conocimiento y estar en contacto con otros
contextos e ideas es estratégico para el desarrollo de su capacidad de innovación y para
hacer frente a los cambios requeridos hoy en la Administración Pública, ha participado,
y sigue haciéndolo, en proyectos nacionales y europeos junto con otras instituciones
pioneras en el ámbito de la formación en las Administraciones Públicas.
2. Que el Comité de Entidades de Representante de Personas con Discapacidad en
Andalucía (en adelante, CERMI Andalucía) es la plataforma de representación y defensa
de la ciudadanía andaluza con discapacidad. Nacida en 1998, aglutina a las 16 entidades
andaluzas más representativas de la discapacidad en el territorio andaluz, y cuya misión es
definir estrategias de políticas globales para dar a conocer las dificultades de las personas
con discapacidad y para luchar por una sociedad en la que prevalezcan las consignas de
justicia, igualdad, solidaridad y bienestar, desde un enfoque de derechos humanos.
3. Que las entidades que forman parte del CERMI Andalucía consideran prioritario,
en términos de justicia social y cumplimiento de los principios que fundamentan la
Constitución Española, que las Administraciones públicas sean un fiel reflejo de la
sociedad a la que sirven y, por ello, acoja a todos los sectores sociales, entre ellos, a
quienes sufren o pueden sufrir discriminación por tener una discapacidad. Es por ello
que las partes desean seguir trabajando conjuntamente para mejorar las posibilidades
de acceso al empleo público de las personas con discapacidad, mejorar los contenidos
de las acciones formativas y concienciar a los empleados públicos sobre la integración
laboral y social de dichas personas.
4. Que ambas partes suscribieron, con fecha de 19 de noviembre de 2019, un convenio
marco que tiene por objeto articular un marco de colaboración entre ambas partes para el
desarrollo conjunto y compartido de acciones dirigidas a fomentar el conocimiento de la
discapacidad, la inclusión de personas con discapacidad en el empleo público y la mejora
de las acciones formativas en orden a la concienciación de los empleados públicos sobre
discapacidad.
5. El citado convenio marco en su cláusula octava establece que éste tendrá una
vigencia de cuatro años pudiendo ser prorrogado hasta un máximo de cuatro años más,
en cualquier momento antes de su finalización. Dado el grado de satisfacción con la
ejecución y el desarrollo del mismo, ambas partes consideran proceder a su prórroga.
Por todo ello, ambas partes deciden adoptar el siguiente acuerdo, que se desarrolla
con arreglo a las siguientes
CL ÁUSUL AS
Primera. Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años
del convenio marco entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y Comité de
Entidades de Representante de Personas con Discapacidad en Andalucía. Por lo
tanto, los efectos de la presente adenda a este convenio se extenderán desde el 19 de
noviembre de 2023 al 18 de noviembre de 2027.

Tercera. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en el artículo 48.8 de la Ley

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292428

Segunda. El convenio marco obligará a las partes por el plazo especificado en el
apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.