3. Otras disposiciones. . (2023/219-34)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a efectos informativos de las modificaciones realizadas al formulario (Anexo I solicitud) de la línea 2 de subvención de la Orden de 29 de junio de 2023 que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17428/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Por Orden de 29 de junio de 2023, se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo
autónomo en Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número
125, de 3 de julio de 2023.
Mediante Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión
de subvenciones de la línea 2 regulada en la referida Orden 29 de junio de 2023, y se
aprueban los formularios que constan como anexos a dicha convocatoria, a los que
deben ajustarse las solicitudes presentadas (BOJA núm. 145, de 31 de julio de 2023).
Posteriormente, se dicta Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se aprueban y se publican
las actividades de tratamiento de datos personales correspondientes a esta Dirección
General, afectando a la información sobre protección de datos de carácter personal
contenida en el formulario con código de inscripción 006276, de la línea 2 de la Orden de
29 de junio de 2023. Asimismo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 208,
de fecha 30 de octubre de 2023 se ha publicado la corrección de errores de la Orden de
29 de junio de 2023.
El artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la
Junta de Andalucía, dispone que «todos los formularios y modelos específicos que
tengan carácter obligatorio, por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de
aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el
caso de formularios cuyo medio de presentación sea exclusivamente electrónico, se hará
constar claramente que dicha publicación es únicamente a efectos informativos. Cuando
sea preciso realizar modificaciones en los formularios y modelos específicos, derivadas
exclusivamente de una reestructuración de Consejerías o redistribución de competencias,
no será necesaria la publicación a la que se refiere este apartado».
Debido a los cambios introducidos por la Resolución de 4 de octubre de 2023, de
la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, así como la corrección
de errores de la Orden de 29 de junio de 2023 citada anteriormente, se hace necesaria
una adaptación y adecuación del formulario (Anexo I solicitud) con código de inscripción
006276 de la línea 2 de subvención de la Orden de 29 de junio de 2023, aprobado y
publicado mediante la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social.
El formulario que se publica en la presente resolución ha sido normalizado e inscrito
en el Registro de Formularios.
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera, apartado 1, de la Orden
de 29 de junio de 2023, se delega en la persona titular de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social la competencia para convocar, mediante resolución, la
línea 2 de subvención regulada en dicha orden, y sus posibles modificaciones. Asimismo,
y conforme al artículo 4.5. del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, los formularios de solicitud y, en su caso, de otros trámites
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292430
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a efectos informativos
de las modificaciones realizadas al formulario (Anexo I solicitud) de la línea 2 de
subvención de la Orden de 29 de junio de 2023 que se cita.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17428/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Por Orden de 29 de junio de 2023, se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo
autónomo en Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número
125, de 3 de julio de 2023.
Mediante Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión
de subvenciones de la línea 2 regulada en la referida Orden 29 de junio de 2023, y se
aprueban los formularios que constan como anexos a dicha convocatoria, a los que
deben ajustarse las solicitudes presentadas (BOJA núm. 145, de 31 de julio de 2023).
Posteriormente, se dicta Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se aprueban y se publican
las actividades de tratamiento de datos personales correspondientes a esta Dirección
General, afectando a la información sobre protección de datos de carácter personal
contenida en el formulario con código de inscripción 006276, de la línea 2 de la Orden de
29 de junio de 2023. Asimismo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 208,
de fecha 30 de octubre de 2023 se ha publicado la corrección de errores de la Orden de
29 de junio de 2023.
El artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la
Junta de Andalucía, dispone que «todos los formularios y modelos específicos que
tengan carácter obligatorio, por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de
aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el
caso de formularios cuyo medio de presentación sea exclusivamente electrónico, se hará
constar claramente que dicha publicación es únicamente a efectos informativos. Cuando
sea preciso realizar modificaciones en los formularios y modelos específicos, derivadas
exclusivamente de una reestructuración de Consejerías o redistribución de competencias,
no será necesaria la publicación a la que se refiere este apartado».
Debido a los cambios introducidos por la Resolución de 4 de octubre de 2023, de
la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, así como la corrección
de errores de la Orden de 29 de junio de 2023 citada anteriormente, se hace necesaria
una adaptación y adecuación del formulario (Anexo I solicitud) con código de inscripción
006276 de la línea 2 de subvención de la Orden de 29 de junio de 2023, aprobado y
publicado mediante la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social.
El formulario que se publica en la presente resolución ha sido normalizado e inscrito
en el Registro de Formularios.
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera, apartado 1, de la Orden
de 29 de junio de 2023, se delega en la persona titular de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social la competencia para convocar, mediante resolución, la
línea 2 de subvención regulada en dicha orden, y sus posibles modificaciones. Asimismo,
y conforme al artículo 4.5. del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, los formularios de solicitud y, en su caso, de otros trámites
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292430
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a efectos informativos
de las modificaciones realizadas al formulario (Anexo I solicitud) de la línea 2 de
subvención de la Orden de 29 de junio de 2023 que se cita.