3. Otras disposiciones. . (2023/217-29)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede modificación de autorización administrativa previa y de construcción, así como declaración en concreto de utilidad pública. (PP. 3086/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Lunes, 13 de noviembre de 2023
página 16478/2
la parcela, en los términos que obran en el expediente. Así como, manifiesta su oposición
a la construcción de la línea según el trazado indicado en el proyecto, exponiendo:
- «[…] el estudio de la línea de evacuación señalada sobre el terreno en el Proyecto
permite concluir que de realizarse el mismo tal y como aparece gráficamente propuesto,
afectaría de manera total al camino que vertebra los flujos de maquinaria, personal y
materiales de la finca así como las instalaciones eléctricas y de riego, hasta el extremo
que su ejecución anularía totalmente la actividad de la Explotación».
En este sentido, estiman:
- «es necesario proceder al cambio del trazado proyectado, puesto que el Proyecto
no ha tenido en cuenta las características específicas de esta explotación frutícola,
proponiendo nuestro técnico un trazado más al Oeste dentro de la misma Explotación».
Remitido el escrito de alegaciones al peticionario, se recibe respuesta en fecha 19 de
diciembre de 2022, la cual obra en el expediente, y exponiendo:
- «[…] la traza mas hacia el oeste posible, cumpliendo normativa especifica del
organismo afectado,discurriría por la zona de policía del Arroyo del Berrueco […]».
- «La traza autorizada en el proyecto, discurre por la derecha de la balsa, fuera de la
zona de afección del arroyo».
Con fecha de 24 de marzo de 2023, la Sociedad Iberenova Promociones, S.A.,
aporta acuerdos para la ocupación de los terrenos de Royagrico para el paso de la línea
de evacuación, así como para la mejora del acceso existente desde la carretera a las
plantas, los cuales obran en el expediente.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio
traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de
organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la
instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos
se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que
correspondiera:
- Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
- Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.
Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados
y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta
conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos
afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según
obra en el expediente de referencia.
De acuerdo con el artículo 9.5 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, el órgano
ambiental competente dictará y notificará la resolución sobre el carácter sustancial o
no de la modificación en el plazo máximo de un mes, transcurrido el cual sin que haya
recaído resolución expresa se podrá entender como no sustancial a los únicos efectos
ambientales la modificación proyectada de conformidad con lo dispuesto en el artículo
27.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio. Transcurrido el plazo indicado sin haber obtenido
comunicación por parte de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul en Sevilla, se puede considerar la modificación del proyecto como no
sustancial.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291460
Cuarto. Con fecha de 7 de julio de 2023, la sociedad mercantil Iberenova
Promociones, S.A., presentó ante la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Sevilla, consulta formal sobre el carácter no sustancial de
la modificación del proyecto (Expediente AAU/SE/0044/2021/N) según lo dispuesto en el
artículo 27.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Lunes, 13 de noviembre de 2023
página 16478/2
la parcela, en los términos que obran en el expediente. Así como, manifiesta su oposición
a la construcción de la línea según el trazado indicado en el proyecto, exponiendo:
- «[…] el estudio de la línea de evacuación señalada sobre el terreno en el Proyecto
permite concluir que de realizarse el mismo tal y como aparece gráficamente propuesto,
afectaría de manera total al camino que vertebra los flujos de maquinaria, personal y
materiales de la finca así como las instalaciones eléctricas y de riego, hasta el extremo
que su ejecución anularía totalmente la actividad de la Explotación».
En este sentido, estiman:
- «es necesario proceder al cambio del trazado proyectado, puesto que el Proyecto
no ha tenido en cuenta las características específicas de esta explotación frutícola,
proponiendo nuestro técnico un trazado más al Oeste dentro de la misma Explotación».
Remitido el escrito de alegaciones al peticionario, se recibe respuesta en fecha 19 de
diciembre de 2022, la cual obra en el expediente, y exponiendo:
- «[…] la traza mas hacia el oeste posible, cumpliendo normativa especifica del
organismo afectado,discurriría por la zona de policía del Arroyo del Berrueco […]».
- «La traza autorizada en el proyecto, discurre por la derecha de la balsa, fuera de la
zona de afección del arroyo».
Con fecha de 24 de marzo de 2023, la Sociedad Iberenova Promociones, S.A.,
aporta acuerdos para la ocupación de los terrenos de Royagrico para el paso de la línea
de evacuación, así como para la mejora del acceso existente desde la carretera a las
plantas, los cuales obran en el expediente.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio
traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de
organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la
instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos
se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que
correspondiera:
- Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
- Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.
Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados
y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta
conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos
afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según
obra en el expediente de referencia.
De acuerdo con el artículo 9.5 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, el órgano
ambiental competente dictará y notificará la resolución sobre el carácter sustancial o
no de la modificación en el plazo máximo de un mes, transcurrido el cual sin que haya
recaído resolución expresa se podrá entender como no sustancial a los únicos efectos
ambientales la modificación proyectada de conformidad con lo dispuesto en el artículo
27.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio. Transcurrido el plazo indicado sin haber obtenido
comunicación por parte de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul en Sevilla, se puede considerar la modificación del proyecto como no
sustancial.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291460
Cuarto. Con fecha de 7 de julio de 2023, la sociedad mercantil Iberenova
Promociones, S.A., presentó ante la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Sevilla, consulta formal sobre el carácter no sustancial de
la modificación del proyecto (Expediente AAU/SE/0044/2021/N) según lo dispuesto en el
artículo 27.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.