Autoridades y personal. . (2023/217-21)
Acuerdo de 7 de noviembre de 2023, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se procede a la convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de la Secretaría General.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Lunes, 13 de noviembre de 2023

página 17224/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Acuerdo de 7 de noviembre de 2023, de la Agencia Pública de Puertos de
Andalucía, por el que se procede a la convocatoria pública para la cobertura del
puesto directivo de la Secretaría General.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 501/2019, de 26 de junio,
por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía:
«1. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, tendrá la consideración de personal directivo de la Agencia el que ocupa
puestos de trabajo determinados como tales en atención a la especial responsabilidad,
competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas.
2. Su designación corresponderá a la Dirección General de la Agencia, atenderá a
principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante
procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia. Su régimen jurídico, como
personal laboral, será el previsto en el artículo 13 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y estará sujeto al régimen general de incompatibilidades
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.»
Por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la
resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

El artículo 13.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto
del personal directivo profesional de las Administraciones Públicas, manifiesta que:
«1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las
Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada
Administración.
2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de
idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y
concurrencia.»
A su vez, el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía, determina que «es personal directivo de las Agencias Públicas
Empresariales el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos,
en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas
asignadas. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada
por la Comunidad Autónoma de Andalucía».
Igualmente, la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de
reordenación del sector público de Andalucía, establece que:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292222

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA PÚBLICA DE
PUERTOS DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE FORMALIZA LA CONVOCATORIA
PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE SECRETARÍA GENERAL