Disposiciones generales. . (2023/216-6)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se procede a la modificación de la Resolución 17 de julio de 2023, por la que se realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Viernes, 10 de noviembre de 2023

página 17210/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Industria
y Minas, por la que se procede a la modificación de la Resolución 17 de julio
de 2023, por la que se realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de
los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en
Andalucía.
Mediante Orden de 22 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Energía y Minas
(BOJA núm. 122, de 28 de junio), fueron aprobadas las bases reguladoras para la
concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en
Andalucía.
En este sentido, mediante Resolución de 17 de julio de 2023, de la Secretaría General
de Industria y Minas, fue realizada la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los
incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía (BOJA
núm. 140, de 24 de julio), por una cuantía máxima de 2.300.000 euros conforme a su
resuelvo octavo.1.
Mediante Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Industria
y Minas, se amplió el crédito presupuestario contenido en la Resolución de 17 de julio de
2023, por la que se realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos
para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía, hasta una
cantidad de 4.144.937 euros (BOJA núm. 196, de 11 de octubre).
La tramitación actual de la citada convocatoria, que se prolongará a lo largo del mes
de noviembre, tras la publicación de la Propuesta Provisional de Resolución y remisión
de la Intervención Delegada para su fiscalización las entidades o personas beneficiarias
definitivas, puede suponer que el plazo de justificación quede superado, razón por la cual
procede modificarlo y fijarlo en el 15 de diciembre de 2023. De este modo, se establece
un plazo razonable y por esta Secretaría General podrá revisarse de manera adecuada
la documentación presentada a fin de ordenar aquellos pagos que se hayan de realizar.
A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por el Título VII
del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, atendiendo a lo establecido en
el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de
la Consejería de Política Industrial y Energía, actual Consejería de Industria, Energía
y Minas,
RESU ELVO

«Noveno. Plazo para la realización de los gastos subvencionables y de justificación.
1. Los gastos subvencionables deberán haber sido efectivamente pagados durante el
período de 1 de enero y 15 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
2. Se establece como plazo máximo de justificación el de 15 de diciembre de 2023.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292208

Primero. Modificación del resuelvo noveno de la Resolución de 17 de julio de 2023.
Se modifica el resuelvo noveno de la Resolución 17 de julio de 2023, por la que se
realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos para la infraestructura
básica de proyectos de la industria en Andalucía, que queda tal y como sigue: