Autoridades y personal. . (2023/214-18)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento de concurso de traslados de puestos vacantes en la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023

página 16882/3

Los puestos objeto de la presente convocatoria se publicarán relacionados por
delegaciones territoriales cuyos códigos figuran en el anexo I, en el portal electrónico de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Quinta. Participación obligatoria.
Estará obligado a participar en este procedimiento de provisión de puestos, en
los términos indicados en la base quinta, el personal funcionario de los Cuerpos de
Inspectores de Educación y de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa
del ámbito de gestión directa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional de la Junta de Andalucía, que se encuentre en algunas de las situaciones que
se indican a continuación:
a) Personal funcionario de carrera que, procedente de la situación de excedencia
sin reserva de puesto, o de suspensión de funciones, haya reingresado con carácter
provisional.
b) Personal funcionario de carrera que hubiera sido trasladado a un destino provisional
en virtud de sanción disciplinaria, con las limitaciones descritas en el artículo 16 del Real
Decreto 33/1986, de 10 de enero.
c) Personal nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación
que no haya obtenido su primer destino definitivo, a fin de obtenerlo.
d) Personal seleccionado en algún procedimiento selectivo para acceso al Cuerpo de
Inspectores de Educación convocado por la Junta de Andalucía que, por estar realizando
la fase de prácticas, o estar exento de la misma, aún no haya sido nombrado funcionario
de carrera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291881

Cuarta. Participación voluntaria.
Podrá participar voluntariamente a los puestos ofertados en esta convocatoria, en los
términos indicados en la base quinta, el personal funcionario de carrera del Cuerpo de
Inspectores de Educación y del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración
Educativa que se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación:
a) Personal funcionario de carrera que se encuentre en situación de servicio activo
y con destino definitivo en el ámbito de gestión directa de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, de la Junta de Andalucía, siempre y cuando a la
finalización del presente curso escolar hayan transcurrido al menos dos años desde la
toma de posesión del último destino definitivo. A tales efectos será computable el curso
2023/2024.
b) Personal funcionario de carrera que se encuentre en situación de servicios
especiales declarada desde puestos actualmente dependientes de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de la Junta de Andalucía siempre y cuando
hayan transcurrido, al finalizar el presente curso escolar al menos dos años de servicio
desde la toma de posesión del último destino definitivo como personal funcionario de
carrera. A tales efectos será computable el curso 2023/2024.
c) Personal funcionario de carrera que se encuentre en situación de excedencia
voluntaria por interés particular o excedencia voluntaria por agrupación familiar previstos
en los apartados a) y b) del artículo 89 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, siempre que al finalizar el presente curso escolar, hayan transcurrido
al menos dos años desde que pasaron a la citada situación, declarada desde puestos
actualmente dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional de la Junta de Andalucía.
d) Personal funcionario de carrera procedente de la situación de suspensión firme
de funciones declarada desde puestos de Inspección actualmente dependientes de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía,
siempre que al finalizar el presente curso escolar haya cumplido la sanción disciplinaria
y, además, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.