3. Otras disposiciones. . (2023/214-39)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa de la modificación del proyecto y de autorización administrativa de construcción del proyecto que se cita. (PP. 3094/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023
página 16513/9
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Notifíquese esta resolución al solicitante, en la forma prevista en los arts. 40 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía
administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o
por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Industria, Energía y
Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de
conformidad con los arts. 121 y 122 de la referida ley.
00291506
Jaén, 24 de octubre de 2023.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de
11.3.2022, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), el Delegado, Javier Calvente Gallego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023
página 16513/9
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Notifíquese esta resolución al solicitante, en la forma prevista en los arts. 40 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía
administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o
por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Industria, Energía y
Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de
conformidad con los arts. 121 y 122 de la referida ley.
00291506
Jaén, 24 de octubre de 2023.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de
11.3.2022, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), el Delegado, Javier Calvente Gallego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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