Autoridades y personal. . (2023/212-28)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16850/4

5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, los
miembros del Tribunal calificador de la presente convocatoria serán los que figuran en el
Anexo III.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página Web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la
totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso. En dicha sesión, el Tribunal
acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo
del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente,
requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en
su caso.
5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los
casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y
Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno
adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022, en los términos correspondientes.
5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El
nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para
que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291845

en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.