3. Otras disposiciones. . (2023/212-36)
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se emite decisión favorable a las solicitudes de modificación de la Unión de los pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
página 16822/2
menciones de calidad, cuyas zonas geográficas no excedan del ámbito territorial andaluz.
Asimismo, hay que tener en cuenta las competencias sectoriales en la materia que tiene
asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural.
Una vez sustanciado el procedimiento nacional preliminar sin que se hayan presentado
declaraciones de oposición procede, por tanto, emitir decisión favorable a ambas
solicitudes de aprobación de modificaciones de la Unión de los pliegos de condiciones
y hacer pública esta decisión, que incluye la referencia electrónica a los pliegos de
condiciones de conformidad con el artículo 96.5 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en el
Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, y en las disposiciones adoptadas en virtud del mismo, así como
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
De acuerdo con las disposiciones citadas, y las demás normas de general y pertinente
aplicación,
RESU ELVO
Primero. Emitir decisión favorable a las modificaciones de la Unión de los pliegos
de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry»
y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda».
Segundo. Dar publicidad a la referencia electrónica donde se encuentran publicadas
las versiones de los pliegos de condiciones consolidados y de los documentos únicos
consolidados en los que se ha basado esta decisión, en la página web de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, bajo los nombres de las Denominaciones
de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda»
a través de las siguientes secciones: «Temas» / «Industrias, Innovación y Cadena
Agroalimentaria» / «Calidad» / «Denominaciones de Calidad» / «Vinos» / «Vinos con
Denominación de Origen», o bien en el siguiente enlace https://lajunta.es/4dl44
Cuarto. Efectos.
La presente orden surtirá efecto al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291816
Tercero. A los efectos de la remisión de la resolución a la Comisión Europea, las
solicitudes de modificación de los pliegos de condiciones serán comunicadas a la
Comisión a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Igualmente, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en
el artículo 13.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, se notificará al solicitante.
Los pliegos de condiciones modificados serán aprobados por la Comisión Europea, de
conformidad con el artículo 105.3 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
página 16822/2
menciones de calidad, cuyas zonas geográficas no excedan del ámbito territorial andaluz.
Asimismo, hay que tener en cuenta las competencias sectoriales en la materia que tiene
asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural.
Una vez sustanciado el procedimiento nacional preliminar sin que se hayan presentado
declaraciones de oposición procede, por tanto, emitir decisión favorable a ambas
solicitudes de aprobación de modificaciones de la Unión de los pliegos de condiciones
y hacer pública esta decisión, que incluye la referencia electrónica a los pliegos de
condiciones de conformidad con el artículo 96.5 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en el
Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, y en las disposiciones adoptadas en virtud del mismo, así como
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
De acuerdo con las disposiciones citadas, y las demás normas de general y pertinente
aplicación,
RESU ELVO
Primero. Emitir decisión favorable a las modificaciones de la Unión de los pliegos
de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry»
y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda».
Segundo. Dar publicidad a la referencia electrónica donde se encuentran publicadas
las versiones de los pliegos de condiciones consolidados y de los documentos únicos
consolidados en los que se ha basado esta decisión, en la página web de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, bajo los nombres de las Denominaciones
de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda»
a través de las siguientes secciones: «Temas» / «Industrias, Innovación y Cadena
Agroalimentaria» / «Calidad» / «Denominaciones de Calidad» / «Vinos» / «Vinos con
Denominación de Origen», o bien en el siguiente enlace https://lajunta.es/4dl44
Cuarto. Efectos.
La presente orden surtirá efecto al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291816
Tercero. A los efectos de la remisión de la resolución a la Comisión Europea, las
solicitudes de modificación de los pliegos de condiciones serán comunicadas a la
Comisión a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Igualmente, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en
el artículo 13.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, se notificará al solicitante.
Los pliegos de condiciones modificados serán aprobados por la Comisión Europea, de
conformidad con el artículo 105.3 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.