3. Otras disposiciones. . (2023/212-35)
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se aprueba la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica «Brandy de Jerez».
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
página 16820/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con fecha 14 de agosto de 2023, el Consejo Regulador de la Indicación Geográfica
«Brandy de Jerez» ha presentado una solicitud de modificación del pliego de condiciones
de la Indicación Geográfica «Brandy de Jerez», en virtud de lo previsto en el artículo
31.1 del Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de
abril de 2019 sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas
espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación
y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas
de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola
en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 110/2008,
el artículo 13.2.a) de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y
Pesquera de Andalucía, y el artículo 6.2.a) de la Orden de 16 de febrero de 2018, por la
que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación
Geográfica «Brandy de Jerez».
En virtud de los artículos 48 y 83 del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
corresponde a esta Comunidad Autónoma, respetando lo dispuesto en el artículo
149.1.13.a de la Constitución, la competencia exclusiva sobre denominaciones de origen
y otras menciones de calidad, cuyas zonas geográficas no excedan del ámbito territorial
andaluz. Asimismo, hay que tener en cuenta las competencias sectoriales en la materia
que tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca, agroalimentación, agua y desarrollo rural.
La solicitud de modificación del pliego de condiciones presentada se clasifica como
«modificación normal», de conformidad con el artículo 31.3 del Reglamento (UE) 2019/787
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril.
Tras ser evaluada la solicitud, se considera que cumple los requisitos establecidos en
el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril, y en
las disposiciones adoptadas en virtud del mismo.
Procede, por tanto, aprobar la modificación normal del pliego de condiciones y hacer
pública esta decisión de aprobación, que incluye la referencia electrónica al pliego de
condiciones consolidado, publicado en la página web de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.5 del
Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril y en el
artículo 8.2 del Reglamento Delegado (UE) 2021/1235 de la Comisión de 12 de mayo de
2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y
del Consejo en lo que respecta al registro de las indicaciones geográficas de las bebidas
espirituosas, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la anulación del registro y
al registro.
En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en el
Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril y en
las disposiciones adoptadas en virtud del mismo, así como en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291814
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se aprueba la solicitud de
modificación normal del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
«Brandy de Jerez».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023
página 16820/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con fecha 14 de agosto de 2023, el Consejo Regulador de la Indicación Geográfica
«Brandy de Jerez» ha presentado una solicitud de modificación del pliego de condiciones
de la Indicación Geográfica «Brandy de Jerez», en virtud de lo previsto en el artículo
31.1 del Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de
abril de 2019 sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas
espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación
y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas
de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola
en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 110/2008,
el artículo 13.2.a) de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y
Pesquera de Andalucía, y el artículo 6.2.a) de la Orden de 16 de febrero de 2018, por la
que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación
Geográfica «Brandy de Jerez».
En virtud de los artículos 48 y 83 del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
corresponde a esta Comunidad Autónoma, respetando lo dispuesto en el artículo
149.1.13.a de la Constitución, la competencia exclusiva sobre denominaciones de origen
y otras menciones de calidad, cuyas zonas geográficas no excedan del ámbito territorial
andaluz. Asimismo, hay que tener en cuenta las competencias sectoriales en la materia
que tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca, agroalimentación, agua y desarrollo rural.
La solicitud de modificación del pliego de condiciones presentada se clasifica como
«modificación normal», de conformidad con el artículo 31.3 del Reglamento (UE) 2019/787
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril.
Tras ser evaluada la solicitud, se considera que cumple los requisitos establecidos en
el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril, y en
las disposiciones adoptadas en virtud del mismo.
Procede, por tanto, aprobar la modificación normal del pliego de condiciones y hacer
pública esta decisión de aprobación, que incluye la referencia electrónica al pliego de
condiciones consolidado, publicado en la página web de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.5 del
Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril y en el
artículo 8.2 del Reglamento Delegado (UE) 2021/1235 de la Comisión de 12 de mayo de
2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y
del Consejo en lo que respecta al registro de las indicaciones geográficas de las bebidas
espirituosas, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la anulación del registro y
al registro.
En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en el
Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril y en
las disposiciones adoptadas en virtud del mismo, así como en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291814
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se aprueba la solicitud de
modificación normal del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
«Brandy de Jerez».