5. Anuncios. . (2023/212-78)
Anuncio de 16 de octubre de 2023, del Ayuntamiento de Carboneras (Almería), de bases y convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Oficial Jefe de la Policía Local. (PP. 3072/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16424/2

Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (Anexo I) para tomar parte en la provisión del puesto de Jefatura
de Policía Local, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones
exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento
y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno
de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de
quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de
la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La solicitud deberá ir acompañada de:
• Fotocopia del NIF.
• Documentos que justifiquen los requisitos para concurrir al presente procedimiento.
• Currículum vitae, fechado y firmado, en el que figuren los títulos académicos, años de
servicio, puestos de trabajo desempañados en la Administración, estudios y cursos realizados,
así como cualquier otro merito que se considere oportuno, haciendo constar, además, las
características detalladas del puesto que, actualmente se viniese desempeñando.
Los méritos y otros datos consignados deberán justificarse mediante la aportación de
originales o fotocopias debidamente compulsadas.
No serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aun siendo
invocados, no sean debidamente acreditados por los solicitantes. Quedan exceptuados
de lo anterior los méritos generados en el Ayuntamiento y que, habiendo sido invocados,
su acreditación deba efectuarse por documentos que ya se encuentren en poder de la
Administración actuante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291403

Tercera. Requisitos.
De conformidad con el artículo 26 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales
de Andalucía, los aspirantes deben ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de
la Policía Local del municipio de Carboneras o de otros cuerpos de la Policía Local de
municipios de Andalucía, siempre que pertenezca a categoría igual o superior a la plaza
de máxima categoría de la plantilla del Cuerpo de la Policía Local del municipio y cumpla
los requisitos de esta convocatoria.
A estos efectos, deberá acreditarse la posesión de la categoría profesional descrita
en la base primera: Oficial.
Se valorarán los siguientes aspectos, por orden de importancia:
Experiencia profesional: Se valorará junto con los años de desempeño en los
Cuerpos de Policía Local y/o otros Cuerpos de Seguridad del Estado, y de manera
especial, la experiencia acreditada como Jefe de Policía Local en municipios de similares
características al de Carboneras, que hayan supuesto ejercer funciones de jefatura y
coordinación de personal a su cargo.
Formación: Se valorará la realización de cursos de especialización en materias
relacionadas con el ejercicio de funciones propias de la Policía Local, tales como tráfico,
seguridad, medio ambiente….etc.
Otros: Se valorará la excelencia profesional demostrada en el ejercicio de sus funciones,
pudiendo acreditarse la misma, a través de la consecución de honores y distinciones, cartas
de recomendación de quienes hayan ostentado jefatura sobre el candidato.
Todos estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes.
Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos exigidos en
la convocatoria, se podrá convocar a los aspirantes para la celebración de una entrevista
personal, a los efectos de constatar o averiguar las características de los mismos que
mejor se adecuen al contenido y funciones del puesto. Igualmente, se podrán recabar las
aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria,
todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.