Autoridades y personal. . (2023/211-14)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plaza del Cuerpo Docente Universitario de Profesores Titulares de Universidad, destinada a Personal Investigador del Programa Ramón y Cajal y que haya obtenido el certificado I3 o R3.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Viernes, 3 de noviembre de 2023
página 16800/4
o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo,
deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas
o está a su cargo.
b) Copia de las certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso.
c) Documentación justificativa de ser o haber sido beneficiario de un programa
de excelencia nacional o internacional conforme a lo establecido en el Anexo IV de la
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por
la que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 o R3 a efectos
de lo establecido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021.
d) Documentación justificativa de haber obtenido el certificado I3 o R3.
3.4. La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente
para el acceso a la Función Pública se realizará por aquellos candidatos que hayan
obtenido plaza, antes de su nombramiento.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de los interesados.
5. Comisión juzgadora.
5.1. La Comisión juzgadora estará formada por los miembros que figuran el Anexo II de
la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas
en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15
de diciembre.
5.2. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291795
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución, junto con la lista completa de
admitidos y excluidos así como las causas de exclusión, se publicarán en la página web
del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.
4.2. Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de
la citada resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, incluyendo
no haber sido firmada y presentada a través del procedimiento habilitado al efecto y
dentro del plazo de presentación establecido, y omisión de la relación de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización del proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida.
4.4. Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente,
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un
mes, sin que en este último caso pueda interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta su resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Viernes, 3 de noviembre de 2023
página 16800/4
o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo,
deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas
o está a su cargo.
b) Copia de las certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso.
c) Documentación justificativa de ser o haber sido beneficiario de un programa
de excelencia nacional o internacional conforme a lo establecido en el Anexo IV de la
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por
la que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 o R3 a efectos
de lo establecido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021.
d) Documentación justificativa de haber obtenido el certificado I3 o R3.
3.4. La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente
para el acceso a la Función Pública se realizará por aquellos candidatos que hayan
obtenido plaza, antes de su nombramiento.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de los interesados.
5. Comisión juzgadora.
5.1. La Comisión juzgadora estará formada por los miembros que figuran el Anexo II de
la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas
en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15
de diciembre.
5.2. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
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4. Admisión de aspirantes.
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución, junto con la lista completa de
admitidos y excluidos así como las causas de exclusión, se publicarán en la página web
del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.
4.2. Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de
la citada resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, incluyendo
no haber sido firmada y presentada a través del procedimiento habilitado al efecto y
dentro del plazo de presentación establecido, y omisión de la relación de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización del proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida.
4.4. Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente,
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un
mes, sin que en este último caso pueda interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta su resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.