3. Otras disposiciones. . (2023/209-55)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, por la que se desestima la autorización administrativa previa de la ampliación del parque eólico que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

página 16639/2

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
y en el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia
para la tramitación y/o resolución de los procedimientos en materia de energía de las
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras
de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o menor a 50 MW eléctricos de
competencia autonómica y cuando se ubiquen o cuyo trazado discurra íntegramente por
el territorio de una provincia, se encuentra atribuida en la Delegación Territorial de la
provincia respectiva, según apartado segundo de la Resolución de 11 de marzo de 2022,
de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias
en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Tercero. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Cuarto. De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), la actuación requiere un informe
preceptivo de la Consejería competente en materia de Ordenación del Territorio y
Urbanismo que será vinculante siempre que se efectúen en ausencia de instrumento de
ordenación o plan o no estén contemplados en ellos.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente
expuestos, esta Delegación Territorial, en el uso de las competencias atribuidas,
RESU ELV E
Primero. Desestimar la autorización administrativa previa de la ampliación del Parque
Eólico Espilo para el establecimiento de instalación para hibridación con instalación de
planta solar fotovoltaica «PSFV Espilo Solar» al no disponer de la compatibilidad de la
misma con la normativa territorial.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su
publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, bien
ante esta Delegación Territorial o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía
y Minas, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad
impugnatoria prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.

00291634

Almería, 20 de octubre de 2023.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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