Disposiciones generales. . (2023/209-2)
Orden de 25 de octubre de 2023, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

página 16683/6

- Plan de trabajo.
- Aspectos éticos de la investigación.
- Aplicabilidad de los resultados.
- Impacto de los resultados.
- Plan de difusión y explotación.
- Medios y recursos disponibles para realizar el proyecto.
- Presupuesto solicitado y justificación.
Décimo. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables solo aquellos gastos que, conforme el
concepto y características de la actuación objeto de la subvención, sean necesarios para
el cumplimiento de la finalidad de las actuaciones previstas en el apartado 2.a) Conceptos
subvencionables y 5.b).1.º Gastos subvencionables, de los cuadros resumen de las bases
reguladoras que recoge la Orden de 1 de agosto de 2022.
Undécimo. Órgano instructor y Órgano competente para resolver la convocatoria.
1. Según lo establecido en el apartado 12 del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de
agosto de 2022, el órgano instructor del procedimiento será el Servicio de Investigación.
2. En el caso de la Línea de Fomento de la generación del conocimiento en
áreas temáticas de excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la
Investigación, Desarrollo e Innovación, el órgano instructor comprobará la calidad de los
programas y proyectos conforme a los siguientes criterios:
- Calidad y novedad de la memoria científico técnica: 50%.
- Calidad del Equipo de I+D+i: 20%.
- Aplicabilidad del proyecto: 30%.
El nivel de calidad será expresado en un porcentaje de acuerdo a los criterios anteriores.
La aptitud del proyecto en términos de calidad para ser financiado exigirá alcanzar un
porcentaje mínimo de 60% como suma de todos los criterios anteriores y al menos un 15%
previsto para la aplicabilidad. El informe que el órgano instructor emita al efecto concretará
si él programa o proyecto es apto o no, en términos de calidad, para su financiación.
La aptitud del proyecto en términos de calidad para ser financiado exigirá alcanzar un
porcentaje mínimo de 60% como suma de todos los criterios anteriores y, al menos, un
15% previsto para la aplicabilidad.
3. Será competente para resolver las solicitudes de concesión de subvenciones la
persona titular de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, de conformidad
con lo establecido en el apartado 1 del artículo 15 de las Bases Reguladoras Tipo, y de
conformidad con lo indicado en el citado apartado 12 del Cuadro Resumen y el artículo 5
del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Salud y Consumo (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto).
Decimosegundo. Notificación.
Las notificaciones se cursarán personalmente y se practicarán en el lugar o medio
indicados en la solicitud, en los términos del artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de
noviembre, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Decimotercero. Efectividad.
La eficacia de la presente orden se producirá con la publicación de la misma y de su
extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en
el artículo 12.1 de las Bases Reguladoras Tipo.

CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sevilla, 25 de octubre de 2023