Disposiciones generales. . (2023/209-7)
Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

página 16550/8

Artículo 3. Requisitos de las entidades beneficiarias de las subvenciones.
1. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones
reguladas en estas bases reguladoras, las entidades inscritas como agentes del Sistema
Andaluz del Conocimiento que se determinen en la correspondiente convocatoria, de
entre las que se especifican a continuación. A estos efectos, para la consideración como
agente del Sistema Andaluz del Conocimiento se estará a lo dispuesto en el Reglamento
regulador de la clasificación, acreditación y registro de los agentes del Sistema Andaluz
del Conocimiento, aprobado por Decreto 223/2023, de 12 de septiembre, o norma que lo
sustituya.
a) Universidades andaluzas.
b) Los organismos públicos de investigación.
c) Los centros, institutos o fundaciones de investigación e innovación.
d) Los centros tecnológicos.
2. Además se exigen los siguientes requisitos particulares:
a) Para participar en la Línea 2 las universidades públicas habrán de incluir en el
momento de la solicitud el compromiso de convocar, a la finalización de la ayuda,
una plaza de ayudante doctor en el ámbito correspondiente, con los criterios que se
establezcan por la Consejería competente en materia de universidades, investigación e
innovación, en coordinación con las universidades públicas de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de las Fronteras y la Política de Visados.
d) Órdenes Ministeriales por la que se determinan los gastos subvencionables por el
Fondo Social Europeo Plus y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional durante el período
de programación 2021-2027.
e) Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso
del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
f) Instrucciones de la Dirección General de Fondos Europeos relativas a los requisitos
aplicables al pago de gastos cofinanciados con fondos europeos.
3. Adicionalmente, las entidades beneficiarias y personas destinatarias de estas
subvenciones deberán ajustarse y cumplir la siguiente normativa y recomendaciones
específicas que afecten directamente a la ejecución de este programa:
a) Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
c) Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
d) Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobada por Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero.
e) Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
f) Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas
oficiales de doctorado.
g) Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del
personal investigador predoctoral en formación.
h) Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones
y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación
de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se
regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español
de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales
pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
i) Recomendación de la Comisión Europea de 11 de marzo de 2005, relativa a la Carta
Europea del Investigador y al Código de conducta para la contratación de investigadores
(2005/251/CE).