5. Anuncios. . (2023/209-76)
Anuncio de 17 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 17 de octubre de 2023, por la que se concede modificación de la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración en concreto de utilidad pública para el trazado de línea de la infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica ubicada en el término municipal de Guillena (Sevilla) y se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas. (PP. 3075/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023
página 16428/6
Número de cables: Tres por circuito.
Material conductor: Aluminio.
Conductor RHZ1-OL 18/30 kV 400 mm².
Documento técnico: Proyecto técnico y anexos, visados núm. EGR1900884 de fecha
22.7.2019 y 22.1.2020, 10.3.2023 y 15.3.2023.
Técnico titulado: Don Agustín Tonda Hita, colegiado núm. 2133 del Colegio Oficial de
Ingenieros Industriales de Andalucía Oriental.
Segundo. Declarar en concreto de utilidad pública, para las infraestructuras eléctricas
de evacuación asociada a la instalación de generación de energía eléctrica denominada
«HSF Guillena Santos», ubicada en el término municipal de Guillena (Sevilla), a los efectos
de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de
adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los
mismos, de acuerdo con el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Cuarto. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el
cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291409
Tercero. Esta Delegación Territorial, en cumplimiento con lo dispuesto en el citado
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, resuelve convocar a los titulares de bienes
y derechos afectados el día 14 de noviembre de 2023 en el Ayuntamiento de Guillena, en
función del término municipal donde radican las fincas afectadas, para, de conformidad
con el procedimiento establecido en el mismo, llevar a cabo el levantamiento de las actas
previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto arriba indicado
y, si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera
clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad (Nota Simple de Registro o en su defecto Escritura Pública)
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su
costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno. Igualmente, y de acuerdo con
lo dispuesto en el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los propietarios y
demás titulares podrán formular, ante esta Delegación Territorial, cuantas alegaciones
estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores al relacionar los
bienes y derechos afectados.
El orden de levantamiento de actas se comunicará a los interesados mediante la
oportuna cédula de citación individual, publicándose en el BOE, BOJA, BOP de Sevilla,
dos diarios de la capital de la provincia y en el tablón oficial del Ayuntamiento de
Guillena, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente, a los efectos
que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente
resolución en los casos de titular desconocido, con domicilio ignorado o aquellos en los
que intentada la misma ésta no haya podido practicarse.
En el expediente expropiatorio, la mercantil Mama Quilla Solar, S.L., tendrá la
condición de beneficiaria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023
página 16428/6
Número de cables: Tres por circuito.
Material conductor: Aluminio.
Conductor RHZ1-OL 18/30 kV 400 mm².
Documento técnico: Proyecto técnico y anexos, visados núm. EGR1900884 de fecha
22.7.2019 y 22.1.2020, 10.3.2023 y 15.3.2023.
Técnico titulado: Don Agustín Tonda Hita, colegiado núm. 2133 del Colegio Oficial de
Ingenieros Industriales de Andalucía Oriental.
Segundo. Declarar en concreto de utilidad pública, para las infraestructuras eléctricas
de evacuación asociada a la instalación de generación de energía eléctrica denominada
«HSF Guillena Santos», ubicada en el término municipal de Guillena (Sevilla), a los efectos
de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de
adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los
mismos, de acuerdo con el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Cuarto. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el
cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291409
Tercero. Esta Delegación Territorial, en cumplimiento con lo dispuesto en el citado
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, resuelve convocar a los titulares de bienes
y derechos afectados el día 14 de noviembre de 2023 en el Ayuntamiento de Guillena, en
función del término municipal donde radican las fincas afectadas, para, de conformidad
con el procedimiento establecido en el mismo, llevar a cabo el levantamiento de las actas
previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto arriba indicado
y, si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera
clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad (Nota Simple de Registro o en su defecto Escritura Pública)
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su
costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno. Igualmente, y de acuerdo con
lo dispuesto en el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los propietarios y
demás titulares podrán formular, ante esta Delegación Territorial, cuantas alegaciones
estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores al relacionar los
bienes y derechos afectados.
El orden de levantamiento de actas se comunicará a los interesados mediante la
oportuna cédula de citación individual, publicándose en el BOE, BOJA, BOP de Sevilla,
dos diarios de la capital de la provincia y en el tablón oficial del Ayuntamiento de
Guillena, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente, a los efectos
que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente
resolución en los casos de titular desconocido, con domicilio ignorado o aquellos en los
que intentada la misma ésta no haya podido practicarse.
En el expediente expropiatorio, la mercantil Mama Quilla Solar, S.L., tendrá la
condición de beneficiaria.