3. Otras disposiciones. . (2023/208-57)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, por la que se renueva la suplencia de la vocal segunda en la composición de la Mesa de Contratación permanente de la Universidad Pablo de Olavide.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
página 16526/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide de
Sevilla, por la que se renueva la suplencia de la vocal segunda en la composición
de la Mesa de Contratación permanente de la Universidad Pablo de Olavide.
Vista la Resolución de 8 de enero de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación de la Universidad
Pablo de Olavide.
El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece el
funcionamiento y composición de las mesas de contratación, como órganos de asistencia
técnica especializada, que asisten a los órganos de contratación de las Administraciones
Públicas.
La competencia para contratar se rige por lo dispuesto en el art. 31, letra n), de los
Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, aprobados mediante el Decreto 298/2003,
de 21 de octubre, y modificados, a su vez, por el Decreto 265/2011, de 2 de agosto.
Quiere esto decir que en materia de contratación administrativa corresponde al Rector el
nombramiento y renovación de la mesa de contratación, conforme a lo establecido en la
legislación de contratos del Sector Público.
Siendo necesario un cambio en la designación del suplente de la vocal segunda.
Este Rectorado, en el ejercicio de las competencias que en materia de contratación
le atribuyen la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE
núm. 70, de 23.3.2023), y el Decreto 265/2011, de 2 de agosto, por el que se aprueba la
modificación de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, aprobados
por Decreto 298/2003, de 21 de octubre (BOJA núm. 158, de 12 de agosto),
RESU ELV E
Primero. Designar como suplente de la vocal segunda de la Mesa de Contratación
a doña Pilar Marroyo Jiménez, Coordinadora de Proyectos Estratégicos y Servicios
Transversales de la universidad.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que potestativamente
se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un
mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o
presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y
siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Sevilla, 24 de octubre de 2023.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291515
Segundo. Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Perfil de Contratante. Remítase, asimismo, para su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
página 16526/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide de
Sevilla, por la que se renueva la suplencia de la vocal segunda en la composición
de la Mesa de Contratación permanente de la Universidad Pablo de Olavide.
Vista la Resolución de 8 de enero de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación de la Universidad
Pablo de Olavide.
El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece el
funcionamiento y composición de las mesas de contratación, como órganos de asistencia
técnica especializada, que asisten a los órganos de contratación de las Administraciones
Públicas.
La competencia para contratar se rige por lo dispuesto en el art. 31, letra n), de los
Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, aprobados mediante el Decreto 298/2003,
de 21 de octubre, y modificados, a su vez, por el Decreto 265/2011, de 2 de agosto.
Quiere esto decir que en materia de contratación administrativa corresponde al Rector el
nombramiento y renovación de la mesa de contratación, conforme a lo establecido en la
legislación de contratos del Sector Público.
Siendo necesario un cambio en la designación del suplente de la vocal segunda.
Este Rectorado, en el ejercicio de las competencias que en materia de contratación
le atribuyen la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE
núm. 70, de 23.3.2023), y el Decreto 265/2011, de 2 de agosto, por el que se aprueba la
modificación de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, aprobados
por Decreto 298/2003, de 21 de octubre (BOJA núm. 158, de 12 de agosto),
RESU ELV E
Primero. Designar como suplente de la vocal segunda de la Mesa de Contratación
a doña Pilar Marroyo Jiménez, Coordinadora de Proyectos Estratégicos y Servicios
Transversales de la universidad.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que potestativamente
se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un
mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o
presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y
siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Sevilla, 24 de octubre de 2023.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291515
Segundo. Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Perfil de Contratante. Remítase, asimismo, para su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.