Autoridades y personal. . (2023/208-27)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de un puesto de Coordinador/a Servicio de Farmacia, como Encargo Complementario de Funciones en el Distrito Sanitario de Atención Primaria Poniente de Almería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
página 16582/8
concurso y se procederá al nombramiento de la persona concursante que haya obtenido
mayor puntuación. Dicha resolución definitiva se publicará en la página web del SAS
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará publicidad en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo
establecido en los artículos 121 y 122 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada en vía administrativa deberá presentarse a través de medios
electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía administrativa
del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los
documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
8. Funciones a desarrollar.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona
designada realizará, además de las funciones propias de su categoría profesional de
gestión y servicios, las funciones de planificación, ejecución y control de la actuación de
los equipos de trabajo de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones
necesarias conducentes a la consecución de las metas, objetivos y resultados
establecidos por la Consejería competente en materia de salud, asignados al Servicio
Andaluz de Salud a través del contrato programa previsto en las leyes del presupuesto
de la Comunidad Autónoma, o por los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.
Además de las funciones que tenga asignadas y que se describen en el Anexo II de
esta convocatoria, las que puedan serle atribuidas en su ámbito funcional por la Dirección
a la que está adscrito y las que corresponden al desarrollo del área que motivan la
convocatoria del puesto.
ANEXO I
1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos).
1.1. Experiencia profesional.
1.1.1. La experiencia en el desempeño de Dirección de Unidades de Gestión Clínica
(UGC), Coordinación de Servicio de Farmacia, Jefatura de Servicio, Jefatura de Sección,
Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermería, mediante
concurso público, se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año
hasta un máximo de 10 puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
1.1.2. La experiencia en el desempeño de las funciones propias de la categoría
profesional y, en su caso, especialidad exigida para el acceso a la plaza convocada se
valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2 puntos por año hasta un máximo de
10 puntos.
Los periodos de servicios prestados de los apartados 1.1.1 y 1.1.2 que se solapen son
excluyentes entre sí, puntuando los de mayor valor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291577
BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
página 16582/8
concurso y se procederá al nombramiento de la persona concursante que haya obtenido
mayor puntuación. Dicha resolución definitiva se publicará en la página web del SAS
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará publicidad en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo
establecido en los artículos 121 y 122 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada en vía administrativa deberá presentarse a través de medios
electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía administrativa
del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los
documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
8. Funciones a desarrollar.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona
designada realizará, además de las funciones propias de su categoría profesional de
gestión y servicios, las funciones de planificación, ejecución y control de la actuación de
los equipos de trabajo de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones
necesarias conducentes a la consecución de las metas, objetivos y resultados
establecidos por la Consejería competente en materia de salud, asignados al Servicio
Andaluz de Salud a través del contrato programa previsto en las leyes del presupuesto
de la Comunidad Autónoma, o por los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.
Además de las funciones que tenga asignadas y que se describen en el Anexo II de
esta convocatoria, las que puedan serle atribuidas en su ámbito funcional por la Dirección
a la que está adscrito y las que corresponden al desarrollo del área que motivan la
convocatoria del puesto.
ANEXO I
1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos).
1.1. Experiencia profesional.
1.1.1. La experiencia en el desempeño de Dirección de Unidades de Gestión Clínica
(UGC), Coordinación de Servicio de Farmacia, Jefatura de Servicio, Jefatura de Sección,
Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermería, mediante
concurso público, se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año
hasta un máximo de 10 puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
1.1.2. La experiencia en el desempeño de las funciones propias de la categoría
profesional y, en su caso, especialidad exigida para el acceso a la plaza convocada se
valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2 puntos por año hasta un máximo de
10 puntos.
Los periodos de servicios prestados de los apartados 1.1.1 y 1.1.2 que se solapen son
excluyentes entre sí, puntuando los de mayor valor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291577
BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES