3. Otras disposiciones. . (2023/208-39)
Orden de 24 de octubre de 2023, por la que se determina el importe, para el curso 2023/2024, de la aportación por parte de la Administración de la Junta de Andalucía para el fomento de la movilidad académica europea en el programa Erasmus+ de los alumnos y alumnas matriculados en los centros docentes públicos de Andalucía que imparten ciclos formativos de grado superior y enseñanzas artísticas superiores.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
página 16515/2
Erasmus+, lo que permitirá ajustar en mayor medida el importe de las aportaciones de la
Junta de Andalucía a las necesidades originadas durante la estancia del alumnado en los
países de destino.
Los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2013, de 29 de mayo de
2017 y de 26 de junio de 2019, y en concreto, el dispositivo quinto autoriza a la persona
titular de la Consejería competente en materia de enseñanzas artísticas superiores y de
educación, para dictar las disposiciones necesarias en orden a la ejecución y desarrollo
de los acuerdos mencionados.
Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Formación Profesional
y por la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, para el fomento de la
movilidad académica europea en el Programa Erasmus+ del curso 2023/2024 de
los alumnos y alumnas matriculados en los centros docentes públicos que imparten
enseñanzas artísticas superiores, ciclos formativos de grado superior de formación
profesional y ciclos formativos de grado superior de Enseñanzas Profesionales de
Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos de Andalucía. En su virtud,
a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y la Dirección General
de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, y en uso de la atribuciones que
me son conferidas, conforme al artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Fijar las aportaciones complementarias de la Junta de Andalucía para el
fomento de la movilidad académica europea de los alumnos y alumnas del programa
Erasmus+ matriculados en enseñanzas artísticas superiores, en ciclos formativos de
grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de grado superior de
Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso 2023/2024.
Tercero. Se establece la siguiente clasificación de grupos de países de destino del
programa Erasmus+:
Grupo 1: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega
y Suecia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291517
Segundo. Se establecen dos tipos de aportaciones complementarias de la Junta de
Andalucía:
1. La Aportación Base tiene carácter general para todo el alumnado del programa
Erasmus+ matriculado en enseñanzas artísticas superiores, en ciclos formativos de
grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de grado superior de
Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos
de Andalucía.
2. La Aportación Especial la percibirá sólo el alumnado del programa Erasmus+
matriculado en enseñanzas artísticas superiores en centros docentes públicos, en
ciclos formativos de grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de
grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros
docentes públicos de Andalucía, que sea beneficiario de becas y ayudas al estudio de
carácter general del Ministerio con competencias en la materia en el momento de su
participación en la respectiva convocatoria de movilidad.
También percibirán la Aportación Especial quienes acrediten la condición de refugiado
o con derecho a protección subsidiaria o de haber presentado solicitud de protección
internacional en España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
página 16515/2
Erasmus+, lo que permitirá ajustar en mayor medida el importe de las aportaciones de la
Junta de Andalucía a las necesidades originadas durante la estancia del alumnado en los
países de destino.
Los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2013, de 29 de mayo de
2017 y de 26 de junio de 2019, y en concreto, el dispositivo quinto autoriza a la persona
titular de la Consejería competente en materia de enseñanzas artísticas superiores y de
educación, para dictar las disposiciones necesarias en orden a la ejecución y desarrollo
de los acuerdos mencionados.
Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Formación Profesional
y por la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, para el fomento de la
movilidad académica europea en el Programa Erasmus+ del curso 2023/2024 de
los alumnos y alumnas matriculados en los centros docentes públicos que imparten
enseñanzas artísticas superiores, ciclos formativos de grado superior de formación
profesional y ciclos formativos de grado superior de Enseñanzas Profesionales de
Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos de Andalucía. En su virtud,
a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y la Dirección General
de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, y en uso de la atribuciones que
me son conferidas, conforme al artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Fijar las aportaciones complementarias de la Junta de Andalucía para el
fomento de la movilidad académica europea de los alumnos y alumnas del programa
Erasmus+ matriculados en enseñanzas artísticas superiores, en ciclos formativos de
grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de grado superior de
Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso 2023/2024.
Tercero. Se establece la siguiente clasificación de grupos de países de destino del
programa Erasmus+:
Grupo 1: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega
y Suecia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291517
Segundo. Se establecen dos tipos de aportaciones complementarias de la Junta de
Andalucía:
1. La Aportación Base tiene carácter general para todo el alumnado del programa
Erasmus+ matriculado en enseñanzas artísticas superiores, en ciclos formativos de
grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de grado superior de
Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos
de Andalucía.
2. La Aportación Especial la percibirá sólo el alumnado del programa Erasmus+
matriculado en enseñanzas artísticas superiores en centros docentes públicos, en
ciclos formativos de grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de
grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros
docentes públicos de Andalucía, que sea beneficiario de becas y ayudas al estudio de
carácter general del Ministerio con competencias en la materia en el momento de su
participación en la respectiva convocatoria de movilidad.
También percibirán la Aportación Especial quienes acrediten la condición de refugiado
o con derecho a protección subsidiaria o de haber presentado solicitud de protección
internacional en España.